Establézcase en el ejido de la Ciudad el Protocolo de seguridad de acción y prevención obligatorio para locales bailables y pubs denominado «NOCHE SEGURA». Dispóngase que en la reglamentación el Poder Ejecutivo consignara la leyenda que debe exhibirse en dichos locales. Que dicho protocolo se deberá exponer en todos los locales bailables y pubs habilitados, de modo tal que puedan ser conocidos por los asistentes, debiendo exhibirse dentro y fuera del local.-«
ORDENANZA Nº V-1019-2022 (3714-2022).-
INCORPÓRESE de forma obligatoria, la capacitación con perspectiva de género para todos/as los/las conductores/as de categoría profesional del transporte para servicios públicos y semipúblicos, sumándose este a los requisitos establecidos en el Art. 15 de la Ordenanza V-745-2016 (3440/2016).
ORDENANZA Nº VI-0916-2019 (3611/2019).-
ESTABLÉCESE, que en todos los espectáculos públicos o privados de carácter artístico, cultural, deportivo, recreativo, turístico o de cualquier otra índole, que se lleven a cabo en el ejido de la Ciudad de San Luis, deberán contar con al menos 1 (un) baño químico accesible para personas con movilidad reducida.-
ORDENANZA Nº VI-0917-2019 (3612/2019).-
Será obligatorio para supermercados, hipermercados, mayoristas y centros comerciales, disponer de al menos un (1) carro de compras adaptable a sillas de ruedas destinado a personas con discapacidad motriz o movilidad reducida, y contar con un servicio de acompañante para las personas no videntes que así lo soliciten, que lo guiará, recomendará y orientará durante la compra..
ORDENANZA Nº VI-0918-2019 (3613/2019).-
Dispóngase que espacios de uso público habilitados y/o a habilitarse como cines, teatros, universidades, iglesias, natatorios, salas de exposiciones, auditorios, cafeterías, bares y estadios deportivos y otros similares, deberán contar con el 2% de -asientos o butacas especiales, fijas o movibles, para personas con movilidad reducida, sin poder ser inferior este 2% a dos (2) asientos
ORDENANZA Nº VI-0927-2019 (3622/2019).
A los efectos de la presente Ordenanza se considera Espectáculo Público a toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier género que tenga como objetivo el entretenimiento y se efectúe en lugares donde el público tiene acceso, sean estos abiertos o cerrados, públicos o privados y se cobre o no entrada.-
ORDENANZA Nº VI-0459-2015 (2998-2005)
Regula las condiciones mínimas e indispensables para poder realizar cualquier actividad que implique tatuar o punzar dentro del éjido municipal san luis
ORDENANZA Nº VI-0457-2005 (2993-2005)
Modifíquese el Art. 3º de la Ordenanza 2042/88
ORDENANZA Nº VI-0462-2015 (3029-2006)
Modificase La Ordenanza Nº 2881-HCD-01, en su capítulo II – DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS LOCALES – Incorporándose al artículo 3º, el Inc. “L”.-
ORDENANZA Nº VI-0471-2015 (3188-2009)
La presente ordenanza tiene por objeto regular los requisitos y funcionamiento de las instituciones educativas cualquiera sea su denominación no incorporadas a la enseñanza oficial, que desarrollen en forma sistemática actividades orientadas a acompañar, guiar, estimular y atender de modo integral al niño hasta la incorporación a la educación inicial obligatoria. Estará comprendida en el presente régimen toda institución que funcione bajo la responsabilidad de particulares, centros vecinales, asociaciones gremiales, mutuales, clubes, y demás establecimientos que no se encuentren bajo la órbita de la administración pública nacional, provincial o municipal que no posean reconocimiento del área educacional y cuando el número de niños concurrentes exceda a cuatro
ORDENANZA Nº VI-0469-2015 (3132-2008)
Los centros comerciales habilitados para la venta de productos alimenticios, supermercados e hipermercados, deberán poner a disposición de los consumidores, alimentos destinados exclusivamente para personas celíacas, disponiéndose de los mismos en cantidad necesaria para satisfacer la demanda, siendo esta no menor a veinticinco (25) productos específicos para celíacos, dígase harinas y sus derivados, asegurando una canasta que también incluya una variedad de alimentos aptos para el consumo de personas afectadas con esta enfermedad.
ORDENANZA Nº VI-0467-20215 (3091-HCD-2007)
DISPONESE la modificación de la Ordenanza Nº 2900-HCD-02 (que a su vez modifica la Ordenanza Nº 1891/87) del modo y la forma que se explicita en los siguientes artículos
ORDENANZA Nº VI-0465-2015 (3059-HCD-2006)
Establézcase en el ámbito de la Ciudad de San Luis La Obligatoriedad de obtener la Licencia de Comercialización de Alcohol, requisito excluyente para la comercialización de Bebidas Alcohólicas en cualquiera de sus formas.
Ordenanza Nº VI-0463-2015 (3038-2006)
Establézcase el uso obligatorio y actualización en el ámbito del Ejido de la Ciudad de San Luis, de la LIBRETA SANITARIA cuya reglamentación responde a la presente Ordenanza.
Ordenanza Nº VI-0941-2020 (3636-2020)
Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Luis el Registro de Artesanos, estableciéndose la inscripción obligatoria en el mismo de los artesanos para la comercialización de sus productos en los espacios que serán habilitados a tal efecto.
ORDENANZA Nº VI-0948-2020 (3643/2020)
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer objetivos, definiciones y lineamientos para el desarrollo de una estrategia municipal referida al Manejo Sustentable de Residuos Especiales de Generación Universal (REGU), definidos en el Anexo I.
ORDENANZA Nº VI-0961-2020 (3656/2020).-
Deróguese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 2.477/93.-
ORDENANZA Nº VI-0962-2020 (3657/2020).-
ANULADA
ORDENANZA Nº VI-0963-2020 (3658/2020).-
ADHIERASE, la Municipalidad de la Ciudad de San Luis a la Ley Nacional 25.746.-
ORDENANZA Nº VI-0964-2020 (3659/2020).-
Institúyese el 31 de Marzo como Día Municipal de la visibilización y lucha por los derechos de las personas Trans.-
ORDENANZA Nº VI-0965-2020 (3660/2020)
Crease en el ámbito de la Ciudad de San Luis el «Protocolo Ciudadano de Ahorro de Agua Potable» bajo el título «CON CADA GOTA PERDIDA, PERDEMOS TODOS», del anexo N°1 que se acompaña.-
ORDENANZA Nº VI-0966-2020 (3661/2020).-
DISPÓNGASE la creación del PROGRAMA DE PARTICIPACION CIUDADANO-ESTATAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS AMBIENTALES «FONDO DE PROTECCION AMBIENTAL, #ESMICOMPROMISO», en el ámbito de la Ciudad de San Luis, el que será ejecutado a través de la autoridad de contralor que la reglamentación disponga.-
VI-0918-2019-(3613) – ASIENTOS O BUTACAS ESPECIALES PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Dispóngase que espacios de uso público habilitados y/o a habilitarse como cines, teatros, universidades, iglesias, natatorios, salas de exposiciones, auditorios, cafeterías, bares y estadios deportivos y otros similares, deberán contar con el 2% de -asientos o butacas especiales, fijas o movibles, para personas con movilidad reducida, sin poder ser inferior este 2% a dos (2) asientos.-
VI-0916-2019-(3611) BAÑOS QUIMICOS ACCESIBLES EN ESPECTACULOS PUBLICOS
ESTABLÉCESE, que en todos los espectáculos públicos o privados de carácter artístico, cultural, deportivo, recreativo, turístico o de cualquier otra índole, que se lleven a cabo en el ejido de la Ciudad de San Luis, deberán contar con al menos 1 (un) baño químico accesible para personas con movilidad reducida.-
VI-0917-2019-(3612) – CARROS ADAPTADOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Será obligatorio para supermercados, hipermercados, mayoristas y centros comerciales, disponer de al menos un (1) carro de compras adaptable a sillas de ruedas destinado a personas con discapacidad motriz o movilidad reducida.
VI-0724-2015-(3417)
La presente Ordenanza tiene por objeto informar a los consumidores sobre el valor calórico de los platos ofrecidos por restaurantes y casas de expendio de comida elaborada o rápida en sus carteleras promocionales y cartas de menús .-
Ordenanza N° VI-0710-2015-(3403)
Créase en la jurisdicción de la Municipalidad de San Luis el Registro Único de Trabajadores de Motovehículos y Ciclorodados.-
ORDENANZA Nº VI-0762-2016 (3457/2016)
La presente ordenanza tiene por objeto establecer las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, sea en forma directa o a través de empresas prestadoras de servicios, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general
Ordenanza Nº VI-0752-2016 (3447/2016)
Será obligatoria la instalación de cambiadores para bebes, en aquellos edificios públicos, locales y establecimientos comerciales
Ordenanza Nº VI-0750-2016(3445/2016)
Las discotecas, pistas de baile y salones de fiestas reguladas por Ordenanzas VI-0451-2015 (2881/2001) y sus modificatorias deberán poner agua potable para su consumo a disposición de los consumidores en las barras y/u otro lugar fácilmente accesible
ORDENANZA Nº VI-0732-2016 (3427/2016).-
Incorpórese a las Ordenanzas Nº 2881/01 en su Art. 3º inc. l) el cual quedara redactado de la siguiente forma: “Artículo 3º: […] inciso l): Para su habilitación deberá contar con una persona capacitada y certificada por turno en Técnicas de Resucitación Cardiopulmonar (RCP)”.-
ORDENANZA Nº VI-0885-2018 (3580/2018).-
Modificar el Artículo 9º de la Ordenanza Nº VI-0451-2015 (2881/01), Artículo 11º de la Ordenanza Nº VI-0451-2015 (2881/01), yArtículo 15º de la Ordenanza Nº VI-0451-2015 (2881/01).-
Ordenanza Nº VI-0875-2018 (3570/2018)
La Municipalidadde la Ciudad de San Luis, se adhiere a partir de la sanción de la presente norma, a la Ley de la Provincia de San Luis, Nº XIV-0898-2014, que regula el ejercicio de la actividad de los Martilleros y Corredores Públicos en todo el ámbito de la Provincia; y a la Ley Nacional Nº 25.028/98, modificatoria del Derecho Nacional Nº 20.266/73.-
VI-0478-2015 (3241/2011)
A partir de la sanción de la presente Ordenanza, no se otorgarán nuevas habilitaciones a Boliches Bailables y Bailantas, en zonas declaradas como de uso Residencial Dominante…
VI-0479-2015 (3285/2012)
circos, parques de diversiones y espectáculos infantiles otorguen entradas a niños entidades s/fines de lucro
VI-0480-2015-(3311/2013)
VIDEO DE SEGURIDAD-BOLICHES BAILABLES-PLAN DE EVACUACION Y EMERGENCIA
VI-0481-2015-(3312/2013)
LOCALES BAILABLES-SEGURIDAD INTERNA AL MENOS UNA MUJER POR GRUPO
VI-0482-2015-(3344/2013)
LOCALES CERRADOS -PROHIBE USO DE PIROTECNIA
Ordenanza Nº VI-0473-2015 (3223/2011)
Modf. Art. 22º Ord. Nº 2379/91-Guardavidas – Natatorios
Ordenanza N° VI-0474-2015 (3225/2011)
Requisitos Habilitación de Estruc. soporte de antenas de comunicaciones Móviles etc.
Ordenanza VI-0475-2015 (3230/2011)
Autorízase la CREMACIÓN PRIVADA y VOLUNTARIA de cuerpos humanos, como un servicio habilitado, para quienes libremente la escojan como destino final y cumplan con las exigencias de la presente ordenanza
VI-0476-2015 (3231/2011)
Regula Solariums o Camas Solares
VI-0477-2015 (3233/2011)
Prohibir la venta y comercialización de «Termómetros» conteniendo mercurio
VI-0464-2015 (3047/2006)
ACEPTA VETO PARCIAL A ORD. 3038/06-LIBRETA SANITARIA
VI-0466-2015 (3068/2006)
MODIFICA LA ORD. 2321/91-EXPENDIO GAS NATURAL COMPRIMIDO
VI-0468-2015 (3127/2008)
Prohíbe la venta de medicamentos fuera de farmacias y su distribución o expendio
VI-0470-2015 (3147/2008)
Denominase «Salón de fiestas y juegos Infantiles » a locales destinados a realizar eventos-Reglamentación
Ordenanza N° VI-0472-2015 (3205/2010)
Carritos y Carros Bares-Autorización y condiciones grales.
VI-0463-2015 (3038/2006)
OBLIGATORIEDAD Y REGLAMENTACION LIBRETA SANITARIA
Ordenanza Nº VI-0455-2015 (2932/2003)
Créase el Cuerpo Unico de Inspectores Municipales de la ciudad de San Luis con funciones de fiscalización y control en todo el ámbito del ejido municipal.
Ordenanza N º VI-0456-2015 (2939/2003)
Autorizace el funcionamiento y explotación de las salas de Acceso a la Red de Internet, Chat, Juegos en Red, Correo Electrónico, etc.
VI-0458-2015 (2994/2005)
REGULA PROMOCION VENTA DE PRODUCTOS INDUSTRIALES
VI-0459-2015 (2998/2005)
REGLAMENTACION LOCALES DE TATUAJES Y PIERCING
VI-0460-2015 (3019/2006)
PIROTECNIA-VENTA Y DISTRIBUCION-REGLAMENTACIO
ORDENANZA Nº VI-0461-2015 (3021/2006)
HABILITACION DE COMERCIOS-REGLAMENTACIO
VI-0448-2015 (2815/2000)
REQUISITOS PARA FESTIVALES DE JINETEADA
Ordenanza Nº VI-0449-2015 (2831/2000)
MODIFICASE el Art.1º Inc. a) ítem CONSERVAS Y PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL, de la Ordenanza Nº 2539-HCD-94
Ordenanza Nº VI-0450-2015 (2877/2001)
Reglaméntase la habilitación de los Hogares y/o Residencias Geriátricas que alberguen ancianos con características, semidependientes e independientes. Se excluyen las residencias con asistencia psicogeriátrica
Ordenanza Nº VI-0451-2015 (2881/2001)
ESPECTACULOS PUBLICOS, LOCALES BAILABLES, BARES. REGLAMENTACIO
VI-0452-2015 (2900/2002)
MODIFICA LA ORD 1891/87-SERVICIO DE CONTENEDORES
Ordenanza Nº VI-0453-2015 (2907/2002)
Ordenanza regula el uso del espacio de dominio público municipal en lo que se refiere a las actividades comerciales de particulares desarrolladas en forma ambulatorias
ORDENANZA Nº VI-0454-2015 (2929/2003)
DISPONE CAMARA FRIGORIFICA Y GALPON PARA DECOMISOS
VI-0446-2015 (2806/99)
CREA PUESTOS ORNAMENTALES DE VENTA DE FLORES-REGLAMENTACIO
Ordenanza Nº VI-0447-2015 (2813/2000)
MODIFICASE la Ordenanza Nº 2644/95, en su artículo 2, item ALMACENES
VI-0438-2015 (2668/96)
HABILITACION ESTACION DE SERVICIO AUTOMOVILES-REGLAMENTO
Ordenanza Nº VI-0439-2015 (2672/96)
TELEVISION POR CABLE-REQUISITOS PARA LICENCIA
Ordenanza N° VI-0440-2015 (2674/96)
ACEPTA VETO PARCIAL A LA ORD. 2672/96
Ordenanza Nº VI-0441-2015 (2702/97)
ESTABLECE,con carácter obligatorio la revisaron periódica de calderas y compresores existentes en la Ciudad de San Luis
VI-0442-2015 (2771/98)
ADHIERE A LEY 20,429 Y SU DECRETO REGL. 302/83 PIROTECNIA – DEROGA ORD. 2138/89
Ordenanza Nº VI-0443-2015 (2776/99)
MODIFICA LA ORD. 2589/95 – VENTA DE ALCOHOL
VI-0444-2015 (2790/99)
DIRECTOR TECNICO-REQUISITO PARA ELABORACION CHACINADOS
VI-0445-2015 (2792/99) – CREASE en el ámbito de la Ciudad de san Luis el MATADERO MUNICIPAL
CREASE en el ámbito de la Ciudad de san Luis el MATADERO MUNICIPAL, en el marco de la normativa vigente, para ofrecer el servicio de faena al público de ésta Capital, a un costo accesible para particulares y pequeños productores.-
Ordenanza VI-0431-2015 (2539/94)
PROHIBASE, en todo el ejido Municipal da la ciudad de San Luis, la venta o entrega de a menores de 18 años de cualquier juego de Azar” llámese tarjeta, o billete, etc.
Ordenanza N° VI-0432-2015 (2546/94)
DEROGA ORD. 1844/86-2023/88-2262/90-2286/91-AUTORIZA SALAS JUEGOS ELECTRONICOS
Ordenanza Nº VI-0433-2015 (2570/94)
PROHIBASE, en todo el ejido Municipal da la ciudad de San Luis, la venta o entrega de a menores de 18 años de cualquier juego de Azar” llámese tarjeta, o billete, etc..
Ordenanza Nº VI-0434-2015 (2589/95)
PROHIBESE en todo el ejido municipal la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas en comercios habilitados como Kiosco, Mercado, Super-Mercado, Despensas y similares, los cuales solamente quedan autorizados para la venta en el horario de 08:00 a 24:00 hs
Ordenanza Nº VI-0435-2015 (2611/95)
REGLAMENTA EXPENDIO DE COMIDA AL PASO
VI-0436-2015 (2644/95)
VENTA DE ALIMENTOS DENTRO DEL MUNICIPIO-REGLAMENTACIO
Ordenanza Nº VI-0437-2015 (2656/96)
ESTABLECE como requisito para habilitar el transporte de agua potable o cruda, la iIdentificación impresa en ambos costados del tanque del vehículo que transporta el liquido.
Ordenanza Nº VI-0430-2015 (2529/93)
Todo edificio público o privado, debe poseer obligatoriamente una dotación de matafuegos tales como…
VI-0423-2015 (2417/92)
REGLAMENTACION DE TALLERES DE CHAPA Y PINTURA
Ordenanza Nº VI-0424-2015 (2438/92)
Los parques de diversiones, circos, kermeses y cualquier otro espectáculo afín, que soliciten permiso de habilitación Municipal, deberán contar con…
VI-0425-2015 (2454/92)
COMERCIOS-DESINFECCION, DESRATIZACION Y DESINSECTACION MENSUAL
Ordenanza Nº VI-0426-2015 (2477/93)
DISPÓNESE el registro de locales, personas, firmas, sociedades, etc., cuya actividad sea la venta de automóviles, camiones, motocicletas, máquinas agrícolas y otras, como así talleres mecánicos y de chapa y pintura, las que deberán cumplimentar toda la documentación y obligaciones vigentes para la autorización de su funcionamiento, cuando correspondiere en un término de cuarenta días
VI-0427-2015 (2481/93)
PROHIBE VENTA DE PEGAMENTO CON TOLUENO-DEROGA ORD. 2242/90
Ordenanza Nº VI-0428-2015 (2484/93)
FÍJANSE las presentes normas para el funcionamiento de: Peluquerías, Manicurías, Pedicurías y Salones de Belleza en general.-
VI-0429-2015 (2519/93)
ESTACIONES DE SERVICIO-REGLAMENTACION
Ordenanza Nº VI-0418-2015 (2215/90)
CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO-APLICACIÓN
Ordenanza Nº VI-0419-2015 (2319/91)
Los locales de comercio dedicados a la venta de artículos y/o instrumentos musicales, y/o discos y/o casettes, y/o afines deberán adecuar la propalación de música hacia el exterior de tales locales a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1957/88, en su titulo IV
Ordenanza Nº VI-0420-2015 (2379/91)
PILETA DE NATACION definicion, reglamentacion y caracteristicas.
Ordenanza Nº VI-0421-2015 (2382/91)
NORMAS PARA LA HABILITACION Y FUNCIONAMIENTO DE GIMNASIOS.
Ordenanza Nº VI-0422-2015 (2395/91)
REGLAMENTACION ALBERGUES TRANSITORIOS
VI-0414-2015 (2094/89)
ADOPTA MEDIDAS PARA ASEGURAR VIGENCIA DE LA LEY N° 17.565-EJERCICIO DE LA FARMACIA
Ordenanza Nº VI-0415-2015 (2113/89)
El Departamento Ejecutivo Municipal dará por cumplidos los requisitos del denominado CATASTRO DE SEGURIDAD E HIGIENE dictando el correspondiente acto administrativo en los siguientes casos..
VI-0416-2015 (2129/89)
PROHIBIDO VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS A MENORES-FIESTAS
Ordenanza Nº VI-0417-2015 (2131/89)
AUTORIZA VENTA DE AGUA MINERAL -ACREDITE REQUISITOS BROMATOLOGICOS
Ordenanza Nº VI-0411-2015 (2015/88)
REGLAMENTACION VENDEDORES AMBULANTES
ORDENANZA Nº VI-0412-2015 (2032/88)
Derogase parcialmente el Art.1º de la Ordenanza Nº 1725/85, en la parte que se refiere a CORRECTIVOS y COADYUVANTES
Ordenanza Nº VI-0413-2015 (2042/88)
BROMATOLOGIA-INSCRIPCION VEHICULOS SUSTANCIAS ALIMENTICIAS
VI-0403-2015 (1738/85)
AUTORIZA Y REGLAMENTA SALAS DE JUEGOS ELECTRONICOS
Ordenanza Nº VI-0404-2015 (1794/86)
REGLAMENTO DE JARDINES Y GUARDERIAS MATERNO INFANTILES
VI-0405-2015 (1881/87)
MODIFICA DECRETO 458-G-62 – PROPAGANDA MEGAFONOS
Ordenanza Nº VI-0406-2015 (1889/87)
CONTROL A COMERCIOS-GAS Y KEROSENE
VI-0407-2015 (1891/87)
CONTENEDORES O VOLQUETES -REGLAMENTACION
Ordenanza Nº VI-0408-2015 (1892/87)
BROMATOLOGIA-DICTA CURSOS DE MANIPULACION DE ALIMENTOS
Ordenanza N° VI-0409-2015 (1922/87)
CREACION CASILLA SANITARIA -CONTROL PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Ordenanza Nº VI-0410-2015 (2012/88)
INSTALACION SALA DE BINGO Y TRAGAMONEDAS
VI-0398-2015 (1387/83)
MODIFICA ART 2 DE LA ORDE 1234/81
Ordenanza Nº VI-0399-2015 (1438/83)
CONTROL Y ORDENAMIENTO DE VENTA PRODUCTOS ALIMENTICIOS
VI-0400-2015 (1619/84)
REGLAMENTO CONFITERIAS, BARES , CANTINAS, RESTAURANTES, ETC.
VI-0401-2015 (1640/84)
MOD ART. ORD. 1619/84 – REGLAMENTO CONFITERIAS, BARES , CANTINAS, RESTAURANTES, ETC.
VI-0402-2015 (1725/85)
PRODUCTOS ALIMENTICIOS-ANALISIS DE APTITUD
VI-0396-2015 (1215/81)
MOD. ART ORD. 1080/79
Ordenanza Nº VI-0397-2015 (1234/81)
CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO APLICACIÓN –
Ordenanza Nº VI-0388-2015 (141/68)
REGLAMENTO VIGENTE GAS DEL ESTADO
Ordenanza Nº VI-0389-2015 (215/69)
OBLIGA A PRODUCTORES Y EXPENDEDORES DE PAN A LA VTA PUBLICA C/BOLSA DE POLITILENO (1969)
VI-0390-2015 (351/73)
REGLAMENTACION VENTA DE HELADOS
Ordenanza Nº VI-0391-2015 (650/73)
REGLAMENTACION PARA INSTALACION DE KIOSCO (1973)
Ordenanza Nº VI-0392-2015 (748/75)
Establézcase como exigencia para otorgar la Libreta de sanidad, a quienes realicen las tareas de facnamiento y venta al público de carne de consumo, la realización de análisis de Brucelosis
Ordenanza Nº VI-0393-2015 (898/77)
REGLAMENTACION BROMATOLOGIA (1977)
Ordenanza N° VI-0394-2015 (961/77)
DEROGA PARCIALMENTE ORD. 898/77 – REGLAMENTACION BROMATOLOGIA
Ordenanza Nº VI-0395-2015 (1080/79)
REGLAMENTO VENTA DE GAS ENVASADO -DEROGA PARCIAL 141/68
Ordenanza Nº VI-0386-2015 (15/66)
REGLAMENTO DIARIOS , REVISTAS Y AFINES (1966)
Ordenanza Nº VI-0387-2015 (74/67)
LIBRE DE INSPECCION MUNICIPAL NEGOCIOS DEL EJIDO