Inicio 9 Ordenanza 9 Ordenanza Nº VI-0408-2015 (1892/87)
Fecha de sanción:1987-06-25

Ordenanza Nº VI-0408-2015 (1892/87)

Expte. N° 035-D- 87.-

                                El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

 O     R     D     E     N     A     N     Z     A 

 

Art.1°  FACULTASE a la Dirección de Bromatología Municipal, para que dicte por lo menos una vez al año cursos sobre Manipulación de alimentos” a toda persona y/ o personal que se desempeñe en puestos de elaboración, fabricas, entes públicos y privados etc. donde se tenga contacto con alimentos para el consumo humano, partiendo de la materia prima sus fases intermedias, hasta el consumo.-

 Art.2°  Los cursos en si, serán teórico practico, informativo formativo y progresivos, de acuerdo a la capacitación que se vaya adquiriendo a través de los cursos que se efectúen sobre especialidades diversas, en la que este comprometida la materia alimenticia, en un todo de acuerdo a lo que establece nuestra norma legal que es el código Alimentario Argentino.

 Art.3° Estos cursos se dictaran bajo la responsabilidad de Dirección de Bromatología Municipal, quien además tendrá a su cargo elaborar su plan y metodología de la enseñanza que se aplicara a los cursillistas. Se otorgaran constancia de asistencia y capacitación, de las que serán anotadas en los legajos de los asistentes

Art.4° El gasto que demande el cumplimiento de la presente disposición, se imputara a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

 Art.5° Comuníquese, Publíquese, etc.

 

                  SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SAN LUIS, 25 DE JUNIO DE 1987.-

 

 

 

JUAN ONTIVEROS                                      HORACIO F. QUEVEDO

         Secretario Legislativo                                                   Presidente

Honorable Concejo Deliberante                          Honorable Concejo Deliberante

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