Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA N° IV-1015-2022 (3710-2022).-

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza de PESOS CIENTO CUARENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($140,50) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($168,50) para la bajada de bandera
nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de PESOS CATORCE CON DIEZ CENTAVOS ($14,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS DIESISEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($16,90), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts) y el minuto de espera.

ORDENANZA Nº III-1023-2022 (3718-2022).-

PRINCIPIO GENERAL: Los tributos establecidos por el Código Tributario Municipal y sus modificatorias, así como los definidos en Ordenanzas Tributarias Especiales, se abonarán conformes a las alícuotas y valores que determina la presente ORDENANZA TARIFARIA ANUAL. –

ORDENANZA Nº IV-1025-2022 (3720-2022).-

ESTABLECER una actualización al importe del boleto del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros el cual será de PESOS SETENTA CON 00/100 CENTAVOS ($70,00) a partir del 1° de Enero del año 2023.

ORDENANZA Nº II-1026-2022 (3721-2022).-

Adhiérase la Municipalidad de la Ciudad de San Luis a la Ley Provincial N°XI-1086-2022, pudiendo instrumentarse el Sistema Electoral de Lemas, para cubrir cargos electivos que deban renovarse en las categorías de Intendente/a y Concejales/as de la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº III-1024-2022 (3719-2022).-

DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA y del SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS en la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el día 31 de diciembre del año 2023

ORDENANZA Nº V-1019-2022 (3714-2022).-

INCORPÓRESE de forma obligatoria, la capacitación con perspectiva de género para todos/as los/las conductores/as de categoría profesional del transporte para servicios públicos y semipúblicos, sumándose este a los requisitos establecidos en el Art. 15 de la Ordenanza V-745-2016 (3440/2016).

ORDENANZA N° V-1020-2022 (3715-2022)

INCORPÓRESE de forma obligatoria, la capacitación en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) básica para todos/as los/las conductores/as de categoría profesional del transporte para servicios públicos y semipúblicos, sumándose este a
los requisitos establecidos en el Art. 15 de la Ordenanza V-745-2016 (3440/2016).

ORDENANZA Nº II-1021-2022 (3716-2022).-

DECLARAR el ESTADO DE EMERGENCIA Y PRIORIDAD DEL USO DEL AGUA POTABLE Y DE LA RED DE AGUA DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, con fines higiénicos y de salud pública, revistiendo el mismo el carácter de temporal y excepcional, a partir de la fecha de la presente Ordenanza y hasta el 30 de abril de 2023.-

ORDENANZA NºXI-1016-2022 (3711-2022).-

Denominar como “Barrio 400 Sueños”, al conjunto de viviendas situado al sur de nuestra ciudad, conocido por el número de su licitación como barrio 400 viviendas sur.-

ORDENANZA N° II-1014-2022 (3709-2022).-

Adhiérase el Municipio de la Ciudad de San Luis a la Ley N°27.671 CUESTIÓN MALVINAS, en todos sus términos, estableciéndose la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la “Cuestión de las Islas Malvinas” para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los tres poderes del Estado Municipal.

ORDENANZA Nº XI-1013-2022 (3708-2022).-

Designar con el nombre de «Virgen del Rosario de San Nicolás» a la plazoleta ubicada en calle Rio Negro, entre calles Mitre y Chacabuco, del B° Policial Sur de nuestra ciudad de San Luis

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.