Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 3416-HCD-2015
Digesto
IV-0723-2015-(3416)
La presente ordenanza autoriza el servicio privado especializado de transporte regular de personas con discapacidad o características de movilidad reducida mediante el uso de vehículos automotores habilitados a tal efecto y conducidos por personas especialmente autorizadas por la Municipalidad.-
IV-0714-2015-(3407)
MODIFICASE el ARTÍCULO Nº 4 Inciso k) de la Ordenanza Nº 3007-HCD-2005, con la modificación impuesta por la Ordenanza Nº 3219-HCD-2011 (IV-0288-2015)
IV-0711-2015-(3404)
Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, Pesos Trece ($13.-) para la bajada de bandera, Pesos Uno con 20/100 ($1.20) para la ficha cada 180 metros y el minuto de espera
IV-0704-2015-(3397)
CRÉASE el programa de boleto gratuito para todos los jubilados y pensionados que residan en la Ciudad de San Luis; ello, en relación al Transporte Urbano y Público de Pasajeros y que actualmente brinda la empresa TRANSPUNTANO SAPEM, o la que la sustituya en el futuro.-
IV-0901-2019-(3596)
Establecer en la Ciudad de San Luis el sistema de «Paradas Eventuales» para el servicio semi-público de transporte de pasajeros (taxi)
IV-0902-2019-(3597)
Modificar el Art.1° de la Ordenanza N° 3461/2016, incorporando al detalle de lugares de estacionamientos fijos o paradas, el inciso 43) Avda. Justo Daract entre Marcelino Poblet y Maestro González ———— 5 vehículos
IV-0891-2019-(3586)
Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, el valor de PESOS TREINTA Y CUATRO ($34,00.-) para la bajada de bandera diurna, así como la bajada de bandera nocturna en el valor de PESOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA ($ 37,40.-); y de PESOS TRES CON CUARENTA CENTAVOS ($3,40.-) para el valor de la ficha de la bajada diurna, y de PESOS TRES CON SETENTA CENTAVOS ($3,70.-) para la ficha de la bajada nocturna, ambas cada 180 mts. recorridos y el minuto de espera.-
IV-0766-2016-(3461)
Los automóviles que prestan el servicio semipúblico de taxi en la ciudad de San Luis, estarán sujetos a los lugares de estacionamientos fijos o paradas
IV-0889-2019-(3584)
Establecer que el precio del boleto correspondiente al Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, será de Pesos Veintidós ($22,00) desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza
IV-0748-2016-(3443)
Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, Pesos Dieciocho con 60/100 ($18,60) para la bajada de bandera y Pesos Uno con 80/100 ($1,80) para la ficha cada 180 metros y el minuto de espera
IV-0742-2016-(3437)
MODIFÍCASE los Art. 4º de la Ordenanza N° IV-0276-2015
IV-0733-2016-(3428)
El Transporte Público de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, está obligado a disponer en sus unidades de transporte de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribirse la leyenda «Las Islas Malvinas son Argentinas»,
IV-0778-2017-(3473)
Modifíquese el Articulo 12º de la Ordenanza N° IV-0723-2015 (3416-HCD-2015),
IV-0769-2017-(3464)
El precio del boleto correspondiente al Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, será de PESOS OCHO CON 75/100 ($ 8,75)
IV-0770-2017-(3465)
Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, Pesos Veintidós con 30/100 ($22,30) para la bajada de bandera y Pesos Dos con 20/100 ($2,20) para la ficha cada 180 metros y el minuto de espera
IV-0866-2018-(3561)
ESTABLECER que todos los 08 de Marzo, la mujer debe viajar GRATIS en todo transporte público de pasajeros
IV-0863-2018-(3558)
El precio del boleto correspondiente al Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, será de PESOS DIECISEIS ($ 16,00).-
IV-0803-2018-(3498)
El precio del boleto correspondiente al Servicio de Transporte Urbano
IV-0797-2018-(3492)
Servicio semipúblico de taxis valores tarifarios