ORDENANZA Nº 2649/95
VISTO:
Que entre los servicios que son prestado en miras de satisfacer necesidad de interés general, se encuentra el servicio de cargas menores, entre ellos, el servicio de «TAXI-FLET» y similares;
(….)
CONSIDERANDO:
Que esta reglamentación resultará no sólo beneficioso para la Comuna respecto a la recaudación que por este motivo ingresará, sino también en beneficio del público usuario al definir, institucionalizar y reglamentar la prestación del servicio, permitiendo optimizar la satisfacción del usuario dentro de este municipio;
(…)
POR TODO ELLO;
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: DECLÁRESE Servicio Público, el que presten dentro de la Ciudad de San Luís, los automotores de alquiler «TAXI-FLET», para el transporte de cargas livianas, encomiendas, equipajes, cosas muebles similares susceptibles de ser transportadas, que no se encuentren prohibidas y con las limitaciones requeridas para este servicio.-
(…)
Art. 33º: Regístrese, Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal y Archívese, etc..-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-