Inicio 9 Ordenanza 9 IV-0296-2015-(3335/2013) – EL PEM DEBERÁ PRESENTAR ESTRUCTURA DE COSTOS PARA TARIFA DE TRANSPORTE PÚBLICO
Fecha de sanción:2013-09-05

IV-0296-2015-(3335/2013) – EL PEM DEBERÁ PRESENTAR ESTRUCTURA DE COSTOS PARA TARIFA DE TRANSPORTE PÚBLICO

V I S T O:

Lo previsto por el Art. 169º Inc. f) de la Carta Orgánica Municipal, y;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que el Art. 169º Inc. f) de la Carta Orgánica Municipal confiere, al Poder Ejecutivo Municipal la facultad de elaborar y presentar al Concejo Deliberante Proyectos de Ordenanzas que propongan modificaciones tarifarias;

 

Que es necesario establecer con claridad los alcances de la norma aludida, evitando interpretaciones contradictorias;

 

Que el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis, a través de la Resolución General Nº 05-HCD-2010, fijó el marco interpretativo de la norma enunciada, estableciendo que a los fines de resolver una modificación en la tarifa del Servicio de Transporte Público y Semipúblico, es imprescindible que el Poder Ejecutivo Municipal elabore y presente a este Cuerpo el pertinente Proyecto de Ordenanza que establezca la modificación tarifaria que entienda procedente, lo cual no se sustituye con la mera estructura de costos remitida por el funcionario a cargo del área de transporte, teniendo presente que el Poder Ejecutivo es unipersonal y lo ejerce el Sr. Intendente Municipal;

 

Idéntica interpretación fue ratificada por el Cuerpo en los Expedientes Nº 195-P-2010; 262-P-2010; 48-P-2011 en donde fueron desestimado similares requerimientos de la Asociación de Taxis, ante la ausencia del instrumento jurídico idóneo (Proyecto de Ordenanza enviado por el Poder Ejecutivo Municipal con la pertinente estructura de costos);

 

Asimismo, tal interpretación encuentra su correlato con lo prescripto en el 2º párrafo del Art. 11º del Pliego de Condiciones Particulares para la Concesión del Servicio Público de Transporte  aprobado por Ordenanza Nº 3133/08;

 

POR TODO ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

 

 O R  D  E  N  A  N  Z  A

Art. 1º: Establézcase que todo Proyecto de Ordenanza que signifique la modificación de tarifas sobre el Servicio de Transporte Público y Semipúblico de la Ciudad de San Luis, deberá ser elaborado y presentado al Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis por parte del Poder Ejecutivo Municipal. El Mismo deberá ser acompañado de la correspondiente estructura de costos.-

Art. 2º: Comuníquese, Publíquese, etc..-

(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-

 

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