Cpde. Expte. Nº 401-M-2020.-
Sesión Ordinaria Nº 29/2020.-
V I S T O:
El Expediente N°401-M-2020, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que por Expediente N° E-10050105-2020 la Asociación Titulares de Taxis solicitó actualización de las tarifas correspondientes al Servicio de Transporte Semipúblico de Taxis de la ciudad de San Luis;
Que la estructura de costos realizada por la Subsecretaria de Transporte y Registro Civil pone en evidencia que existe un atraso de dichas tarifas correspondientes al servicio de transporte semipúblico de taxis, ya que una vez cubiertos los costos operativos se determina que no se percibe lo suficiente para alcanzar los haberes correspondientes al Salario Mínimo Vital y Móvil;
Que de conformidad la legislación vigente, Ordenanza N° IV-0928-2019 (3623/2019) el último ajuste tarifario se efectúo mediante dicha sanción estableciendo un valor de PESOS CUARENTA CON 80/100 ($40,80), para la bajada de bandera diurna, así como la bajada de bandera nocturna en el valor de PESOS CUARENTA Y CUATRO CON 70/100 ($44.70) y de PESOS CUATRO CON 10/100 ($4.10) para el valor de la ficha de bajada diurna y de PESOS CUATRO CON 50/100 ($ 4,50) para la ficha de bajada nocturna, ambas cada 180 metros y el minuto de espera;
Que para cubrir las necesidades de una familia de cuatro personas, junto con los costos operativos propios del servicio, es necesaria una baja de bandera diurna de PESOS CINCUENTA Y UNO ($51,00), lo que implica un aumento del orden del veinticinco por ciento (25%) para la misma;
Que existe una relación matemática entre el valor de la bajada de bandera diurna, su ficha de bajada, la bajada de bandera nocturna y su ficha de bajada por lo que cualquiera variación en la primera provoca modificaciones en el valor de las demás, por lo que se considera oportuna realizar una actualización de las tarifas correspondientes al servicio de transporte semipúblico de taxis de la ciudad de San Luis;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
PRIMERO: Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, de: PESOS CINCUENTA Y UNO CON 00/100 ($51,00) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS CINCUENTA Y SEIS CON 10/100 ($56,10) para la bajada de bandera nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de CINCO CON 10/100 ($5,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS CINCO CON 60/100 ($5,60), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts.) y el minuto de espera.-
SEGUNDO: Establecer la extensión a los días domingos de la aplicación de la «Tarifa Nocturna» sancionada por la Ordenanza N° IV- 0299-2015 (3368-2014) que establece la misma en el horario comprendido entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente por un valor del diez por ciento (10%) superior a !a tarifa diurna. –
TERCERO: ESTABLECER que cumplido el artículo 1° se extienda igual reglamentación de implementar espacios de estacionamiento para bicicletas en edificios públicos municipales, plazas, parques lineales y espacios verdes al resto de la ciudad de San Luis.-
CUARTO: Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 02 de DICIEMBRE de 2020.-
GABRIEL BLANCO DANIELA BELEN SERRANO
Secretaria AdminstrativoA/C Secretarìa Legislativa Vice Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante