VISTO:
Las Ordenanzas 2411/92; 2453/92; 2492/93; 2550/94; 2665/96; 2931/03, y;
CONSIDERANDO:
Que, actualmente, existen dos ordenanzas que, por su contenido, podría considerarse como «madres».
Que, a lo largo del tiempo, ambas han sufrido – producto de la creación de nuevas ordenanzas – varias modificaciones, generando así gran confusión sobre la legislación existente sobre el tema.
Que, naturalmente, ello implica que la interpretación, por parte del ciudadano, sea muy engorrosa,
POR TODO ELLO;
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
TRANSPORTES ESCOLARES
Art. 1º: Téngase como Texto Ordenado de todas las Ordenanzas existentes referidas al tema de Transporte Escolar en la Ciudad de San Luís, el que a continuación se sanciona:
(…)
Art. 33º: Comuníquese, etc..-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-