Inicio 9 Ordenanza 9 Ordenanza Nº IV-0866-2018 (3561/2018)
Fecha de sanción:2018-11-08

Ordenanza Nº IV-0866-2018 (3561/2018)

Cpde. Expte. Nº 27-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 35/2018.-

 

V I S T O:

Que el día 08 ocho de Marzo, se conmemora el aniversario del día internacional de la mujer, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que la conmemoración del 8 de marzo hace referencia a los hechos que sucedieron en esta fecha en el año 1908, donde murieron calcinadas 146 mujeres, trabajadoras de la fábrica textil Cotton de Nueva York, en un incendio provocado por las bombas incendiarías que les lanzaron ante la negativa de abandonar el encierro en el que protestaban por los bajos salarios y las infames condiciones de trabajo que padecían;

Que También se reconoce como antecedente a las manifestaciones protagonizadas por obreras textiles el 8 de marzo de 1957, también en Nueva York;

Que la Carta de las Naciones Unidas, firmada en 1945, fue el primer acuerdo internacional para afirmar el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Desde entonces, la ONU ha ayudado a crear un legado histórico de estrategias, normas, programas y objetivos acordados internacionalmente para mejorar la condición de las mujeres en todo el mundo;

Que con los años, la ONU y sus organismos técnicos han promovido la participación de las mujeres en condiciones de igualdad con los hombres en el logro del desarrollo sostenible, la paz, la seguridad y el pleno respeto de los derechos humanos. El empoderamiento de la mujer sigue siendo un elemento central de los esfuerzos de la Organización para hacer frente a los desafíos sociales, económicos y políticos en todo el mundo;

Que esa fecha fue un día de luto debido al reclamo por esas mujeres luchadoras que para callarlas fueron asesinadas;

Que como tal es necesario no solo recordar y/o festejar ese día sino ejecutar acciones reales;

Que tales hechos de lucha siempre deben estar presentes en las actuales épocas recordando su sacrificio por los derechos de miles de mujeres;

Que gracias a ellas se dio pie para equiparar las condiciones de la mujer ante la sociedad;

Que es necesario que todos los días 08 de Marzo, se reconozca a la mujer en la sociedad y ese día la mujer viaje en el transporte público de pasajeros sin abonar el boleto del mismo como beneficio para reconocerlas por su ardua lucha y labor, a través de la historia;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

 

Art. 1°:    ESTABLECER que todos los 08 de Marzo, la mujer debe viajar GRATIS en todo transporte público de pasajeros que posee corredor en el Ejido Municipal de la Ciudad de San Luis.-

Art. 2º:    DETERMINAR que este beneficio se ejecutará a partir de las 08:00 hs., hasta las 18:00 hs. del día 08 de marzo de cada año; en todas las líneas de transporte público de pasajeros que tengan corredor por el Ejido Municipal de la Ciudad de San Luis.-

 Art. 3º:    Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 08 de NOVIEMBRE de 2018.-

 

SONIA EDITH FLORES ROBERTO C. GONZÁLEZ ESPÍNDOLA
            Secretaria Legislativa                     Presidente
   Honorable Concejo Deliberante     Honorable Concejo Deliberante

 

 

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