Inicio 9 Ordenanza 9 Ordenanza Nº IV-0863-2018 (3558/2018)
Fecha de sanción:2018-11-08

Ordenanza Nº IV-0863-2018 (3558/2018)

Cpde. Expte. Nº 546-M-2018. –
Sesión Ordinaria Nº 35/2018.-

V I S T O:

El Expediente N° 546-M-2018, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante la actuación de referencia «TRANSPUNTANO S.A.P.E.M.», solicita aumento del precio del boleto de colectivo, en razón del creciente incremento de costos de funcionamiento, mantenimiento y salarios para la prestación del servicio;

Que la adecuación peticionada tiene la finalidad de garantizar la correcta prestación del servicio comprometido por la autoridad municipal;

Que en ese orden de ideas resulta evidente que con el valor actual es imposible garantizar la adecuada y correcta prestación del servicio comprometido con la autoridad municipal, sin la adecuación de la tarifa correspondiente al boleto de pasaje;

Que asimismo, con dicho valor resulta de escasa factibilidad que la empresa pueda hacer frente a las escalas salariales fijadas por las paritarias del sector no pudiendo cumplirse en el futuro con los aumentos salariales que de allí surgirán;

Que asimismo, la sociedad solicitante acompaña un exhaustivo análisis que sustentan lo peticionado y dan razón detallada de la necesidad del aumento en cuestión;

Que la decisión adoptada por la presente no altera beneficios específicos otorgados con anterioridad;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

 

Art. 1º:El precio del boleto correspondiente al Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, será de PESOS DIECISEIS   ($ 16,00).-

Art. 2º: La aplicación del artículo anterior no altera los derechos adquiridos con anterioridad dispuestos por las respectivas ordenanzas específicas. Cualquier situación particular que pudiera dar lugar a alguna nueva excepción deberá ser contemplada exclusivamente mediante la sanción de una nueva ordenanza.-

 Art. 3º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo Municipal.-

 

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 08 de NOVIEMBRE de 2018

 

 

SONIA EDITH FLORES                                                       ROBERTO C. GONZÁLEZ ESPÍNDOLA
Secretaria Legislativa                                                                          Presidente
Honorable Concejo Deliberante                                                   Honorable Concejo Deliberante

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