Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº VI-0966-2020 (3661/2020).-

DISPÓNGASE la creación del PROGRAMA DE PARTICIPACION CIUDADANO-ESTATAL PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS AMBIENTALES «FONDO DE PROTECCION AMBIENTAL, #ESMICOMPROMISO», en el ámbito de la Ciudad de San Luis, el que será ejecutado a través de la autoridad de contralor que la reglamentación disponga.-

ORDENANZA Nº II-0967-2020 (3662/2020)

Modifíquese el Art. 3° de la Ordenanza N° II-0958-2020 (3653), el que quedará redactado de la siguiente manera: «Este porcentaje será aplicado a la totalidad de la lista, que además deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer).

ORDENANZA Nº IV-0968-2020 (3663/2020)

ESTABLECER espacios de estacionamiento para bicicletas en edificios públicos municipales, plazas, parques lineales y espacios verdes en el centro de la ciudad de San Luis.-

ORDENANZA Nº IV-0969-2020 (3664/2020)

Establecer que el precio del boleto correspondiente al Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de San Luis, será de PESOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 CENTAVOS ($35,00) desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.-

ORDENANZA Nº IV-0970-2020 (3665/2020)

Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, de: PESOS CINCUENTA Y UNO CON 00/100 ($51,00) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS CINCUENTA Y SEIS CON 10/100 ($56,10) para la bajada de bandera nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de CINCO CON 10/100 ($5,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS CINCO CON 60/100 ($5,60), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts.) y el minuto de espera.-

ORDENANZA Nº III-0971-2020 (3666/2020)

DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA y del SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS en la Municipalidad de la Ciudad de San Luís, a partir de la entrada en vigencia  de esta norma y hasta el día 31 de diciembre del año 2021

ORDENANZA Nº IV-0974-2021 (3669/2021)

Establecer el Régimen de Boleto Estudiantil Gratuito para ser implementado en el Servicio Público Urbano de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de San Luis.-

ORDENANZA Nº VIII-0975-2021 (3670/2021)

Establézcase, en el ámbito de la Ciudad, el «MES DEL COMPOSTAJE», que se celebrará anualmente desde el día 22 de marzo —Día del Agua- hasta el día 22 de abril —Día de la Madre Tierra- inclusive.-

ORDENANZA N° IV-0978-2021 (3673/2021)

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza de PESOS SESENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($61,20) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS SESENTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS ($67,30) para la bajada de bandera nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de PESOS SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($6,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS SEIS CON SETENTA ($6,70), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts.) y el minuto de espera.

ORDENANZA N° VIII-0979-2021 (3674/2021)

DISPONER que los vehículos que transiten o permanezcan en el Ejido de
la Ciudad de San Luis, no podrá emitir ruidos de escape, que supere el nivel sonoro establecido en la Ordenanza Municipal N° VII-0550-2015(2495/93), como así tampoco, emitir gases contaminantes a la atmósfera por encima de los límites permitidos en dicha Ordenanza.-

ORDENANZA N° VIII-0980-2021 (3675-2021)

ADHERIR a la Ley Nacional 27592 «Ley Yolanda», garantizando la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública de la ciudad de San Luis.-

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.