Cpde. Expte. Nº 318-M-2020.-
Sesión Extraordinaria 11/12/2020.-
V I S T O:
El Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2021 elevado por el Poder Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Luís, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que en cumplimiento del Art. 40° de la Carta Orgánica Municipal, se ha elevado en tiempo y forma el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2021;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1º: FIJAR en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 22/100 ($ 2.996.167.500,22), el Presupuesto de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2021.-
Art. 2º: FIJAR en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 22/100 ($ 2.996.167.500,22), el total de las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2021 con destino a la clasificación económica que se indica a continuación y que se detalla en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
EROGACIONES CORRIENTES $ 2.573.758.244,37
EROGACIONES DE CAPITAL $ 417.949.246,60
APLICACIONES FINANCIERAS $ 4.460.009,25
TOTAL $ 2.996.167.500,22
Art. 3º: Estimar la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 22/100 ($ 2.996.167.500,22), el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo precedente, de acuerdo con la distribución y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
RECURSOS CORRIENTES $ 2.982.992.701,62
RECURSOS DE CAPITAL $ 12.174.798,60
FUENTES FINANCIERAS $ 1.000.000,00
TOTAL DE RECURSOS $ 2.996.167.500,22
Art.4º: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estimar el siguiente:
RESULTADO
EROGACIONES (Art. 2°) ($2.996.167.500,22)
RECURSOS (Art. 3°) $2.996.167.500,22
RESULTADO EQUILIBRADO
Art. 5º: Fijar en Dos Mil Trescientos Cincuenta y Nueve (2.359) el total de los cargos de la Municipalidad de la Ciudad de San Luís, distribuidos de la siguiente manera:
– Un Mil Setecientos Sesenta y Siete (1767) cargos de planta permanente del Poder Ejecutivo Municipal, Serba, Tribunal de Faltas, Tribunal de Cuentas, Honorable Concejo Deliberante.
– Ciento diecinueve (119) cargos de autoridades superiores y personal de gabinete para el Poder Ejecutivo Municipal.
– Veinticinco (25) cargos de autoridades superiores para el Honorable Concejo Deliberante.
– Cinco (5) cargos de autoridades superiores para el Juzgado de Faltas Municipal.
– Cinco (5) cargos de autoridades superiores para el Tribunal de Cuentas Municipal.
– Cuatrocientos treinta y ocho (438) cargos para la planta temporaria conforme a lo detallado en la planilla anexa denominada Planta de Cargos de la Administración Pública, la que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Art. 6º: Fijar en las sumas que se indican, el Presupuesto de Erogaciones de los Entes Desconcentrados para el año 2021, estimándose los recursos destinados a financiarlos en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza:
CENTRO DE DISTRIBUCIÓN FINAL $ 13.374.350,00
SUPERMERCADO MUNICIPAL $ 2.000.000,00
Art. 7º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones en el presupuesto de la administración municipal, en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos de recursos.-
Art. 8º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las transferencias presupuestarias que fueren necesarias como consecuencia de cambios en la estructura orgánico funcional que se encuentre vigente, respetando la clasificación económica del gasto.-
Art. 9º: El Poder Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y/o modificaciones que considere necesarias, incluyendo cambio de jurisdicción, finalidad, como así también los Planes Analíticos de Obras y Servicios Públicos, siempre que las mismas no superen el 30 % del total del presupuesto aprobado para el año 2021.-
Art. 10º: Las erogaciones a atender con financiación y/o recursos afectados deberán ajustarse en cuanto a monto y oportunidad a los créditos asignados y a las cifras efectivamente percibidas.-
Art. 11º: Facultar al Poder Ejecutivo Municipal a colocar, transitoriamente, las disponibilidades del Tesoro Municipal, en operaciones bancarias remuneradas o en otras alternativas financieras de inversión.-
Art. 12º: Disponer que la Municipalidad de la Ciudad de San Luís en materia presupuestaria y contable se regirá por las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº III-0768-2016 (3463/2016) y la Ley de Contabilidad y Administración Financiera de la Provincia de San Luís N° VIII-0256-2004 (5492) y sus modificatorias en lo pertinente de manera supletoria.-
Art. 13º: Registrar, comunicar al Poder Ejecutivo Municipal, publicar, archivar.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 11 de DICIEMBRE de 2020.-
ANA BEATRIZ PARENTE JAVIER ANTONIO SUÁREZ ORTIZ
Secretaria Legislativa Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante