Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº II-0976-2021 (3671/2021)
Fecha de sanción:2021-04-22

ORDENANZA Nº II-0976-2021 (3671/2021)

Cpde. Expte. Nº 10-C-2021.-

Sesión Ordinaria Nº 06/2021.-

V I S T O:

 La Ordenanza de la Ciudad de San Luis N°11-0958-2020 (3653/2020), la Ley Provincial N° VIII-1038-2020 de Ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política y el correspondiente Decreto Reglamentario N° 6761-SGG-SMD- 2020. Ley Nacional N°27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política y el Decreto Nacional  N°171/2019, y:

 C O N S I D E R A N D O:

 Que la igualdad de género en el campo de la política es un anhelo transformado en un hito histórico que debe ser atendido toda vez que constituye un derecho humano, y por tal razón, resulta indiscutible que forme parte de la agenda pública, ya sea a nivel municipal, provincial y nacional, la que debe concretarse en acciones positivas, esto es, la visibilización de  ábitos en pos de corregir o transformar situaciones de discriminación de un colectivo social por su condición sexual;

Que la Paridad de Género se traduce en empoderarnos como sociedad y, desde los distintos roles del Estado. Promover y garantizar la igualdad de género como una práctica cotidiana; ello por cuanto en la defensa del derecho a la vida, a la  integridad personal y a la dignidad, la igualdad de género es una de las herramientas esenciales a fin de lograr posiciones de liderazgo en el ámbito público en el acceso a los cargos de representación política;

Que nuestro país siguió los principios consagrados en el orden internacional en materia de políticas públicas  ronunciándose claramente en favor de una participación igualitaria y sin discriminaciones entre varones y mujeres, conforme lo establece la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra toda forma de Discriminación de la Mujer, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la  Violencia contra la Mujer;

Que desde el año 2016 se habían presentado iniciativas en la Legislatura provincial antes inclusive de que se aprobara la normativa nacional en noviembre de 2017 y que recién en 2020 se aprobó la Ley Provincial N° VIII-1038-2020 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política y su correspondiente Decreto Reglamentario N° 6761-SGG-SMD-2020, entendiendo que es fundamental la participación de la mujer en la vida política y social en ámbitos de decisión, lo cual  corrige la injusticia de la baja representación que han tenido las mujeres en los lugares de poder e instituir el año 2021  como «año de la Paridad» es el inicio de la reparación histórica asumiendo el desafío de concretar la igualdad y equidad real  en el ámbito local;

Que la ciudad de San Luis fue la primera localidad de nuestra provincia y la segunda en todo el país en lograr por unanimidad la aprobación de la Ordenanza N°11-0958-2020 (3653/2020) el día 5 de noviembre del 2020; la elaboración y  aplicación de acciones municipales como es instituir el año 2021 el «Año de la Paridad de Género» y establecer como  encabezado el mismo, en toda la papelería impresa o digital como mecanismo de difusión, permite la visibilización y  sensibilización de los derechos adquiridos de la lucha de mujeres, con el objeto de generar conciencia y reflexión ciudadana  en pos de la no discriminación, de la igualdad de trato y oportunidades y de la necesidad de garantizar el pleno  ejercicio de sus Derechos;

 POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

 O R D E N A N Z A

Art. 1°:    INSTITÚYASE en el ámbito de la ciudad de San Luis el año 2021 como el «Año de la Paridad».-

 Art. 2°:   ESTABLECER en toda la papelería impresa o digital del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Luis a utilizar durante el año 2021 , la siguiente leyenda: «2021-Año de la Paridad».-

 Art. 3°:  INVITAR a adherir a lo establecido en el artículo 2, al Poder Ejecutivo Municipal, a la Justicia Administrativa de Faltas y al Tribunal de Cuentas Municipal.-

Art. 4º:  COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, Juzgado de Faltas Municipal y al Tribunal de Cuentas Municipal de la ciudad de San Luis, publíquese, y oportunamente archívese.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 22 DE  ABRIL DE 2021.-

ANA BEATRIZ PARENTE                                                                    JAVIER ANTONIO SUÁREZ ORTIZ

      Secretaria Legislativa                                                                                    Presidente

      Honorable Concejo Deliberante                                                              Honorable Concejo Deliberante

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