Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

IV-0267-2015 (2437/92) – MODIFICA ART. DE LA ORD. 2431/92

Art. 1º: MODIFÍCASE el artículo 2º del Capítulo I de la Ordenanza Nª 2.431/92, agregándose el inciso «I», que quedará redactado de la siguiente forma: «art. 2º; Todos los propietarios de Transporte Contratados de Pasajeros deberán estar inscriptos en el S.U.S.S.(Sistema Único de Seguridad Social)».-

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IV-0268-2015 (2607/95) – REGLAMENTACIÓN SERVICIO DE AUTO-TRANSPORTE (REMISES)

Art. 1º: DENOMÍNASE «SERVICIO DE AUTO-TRANSPORTE», al transporte convencional de pasajeros, prestado por Empresas autorizadas, que utilicen vehículos automotores para el traslado de hasta 4 (cuatro) personas más el chofer y sus equipajes, que requieren sus servicios dentro del ejido de la Municipalidad, con tarifas y recorridos libre y/o acorados con los usuarios, teniendo en cuenta que las necesidades del servicio se satisfagan en forma continua, segura, confortable, equitativa y eficiente y de acuerdo a la presente.-

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IV-0269-2015 (2649/95) – TAXIFLETES – REGLAMENTACIÓN

Art. 1º: DECLÁRESE Servicio Público, el que presten dentro de la Ciudad de San Luís, los automotores de alquiler «TAXI-FLET», para el transporte de cargas livianas, encomiendas, equipajes, cosas muebles similares susceptibles de ser transportadas, que no se encuentren prohibidas y con las limitaciones requeridas para este servicio.-

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IV-0270-2015 (2689/96) – INCORPORA MICRO-OMNIBUS PÚBLICO DE TRANSPORTE

Art. 1º: DENOMÍNASE «MICRO-OMNIBUS», a los vehículos que presten el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, con las características y las especificaciones que se establezcan en la reglamentación correspondiente, incorporándose los referidos vehículos a la reglamentación de la Ordenanza Nº 1817/86 que regula el servicio mencionado.-

(Para mayor información, haga click en el título de la Ordenanza).-

III-0258-2015-(3385/2014) – EXTIENDE EMERGENCIA ECONÓMICA HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2015

Art. 1º: Adherir, en lo que resulte compatible con la presente ordenanza, a las disposiciones de la Ley Provincial N° VIII-0791-2011 y Ley Nacional 26.204 y sus prórrogas, EXTENDIENDO LA EMERGENCIA PÚBLICA MUNICIPAL en materia social, económica, administrativa y financiera, a partir del día 1° de Enero de 2015 y hasta el 31 de Marzo del mismo año.-

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IV-0259-2015-(1758/85) – IMPLEMENTA PRIMER ASIENTO DOBLE PARA DISCAPACITADOS-ANCIANOS-MADRES

Art. 1º.-IMPLÁNTASE en todos los medios de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, la reserva del primer asiento doble para que se puedan ubicar inmediatamente d su ascenso, las personas discapacitadas, los ancianos que no puedan movilizarse normalmente, las señoras en avanzado estado de gravidez, y las madres con niños de pecho o lactantes.-

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IV-0261-2015 (1876/87) -ACREDITACIÓN DISCAPACITADOS – PASE GRATIS COLECTIVOS

Art. 1º: Se considerará discapacitado a todas las personas que se encuentren comprendidas en la definición del art. 2º de la Ley 4665 y acrediten esta circunstancia ante el Departamento Ejecutivo Municipal, con el carnet a que hace referencia el art. 4º de la Ley 4665.-

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III-0254-2015-(3353/2013) – DECLARA EMERGENCIA PÚBLICA MUNICIPAL – DEROGA LA ORD. 2871/01

Art. 1º: Adherir, en lo que resulte compatible con la presente ordenanza, a las disposiciones de la Ley Provincial Nº VIII- 0791-2011 sus prórrogas y Leyes Nacionales 26.204, 26.456, 26.563 y sus prórrogas, DECLARANDO LA EMERGENCIA PÚBLICA MUNICIPAL en materia social, económica, administrativa y financiera, a partir del día 18 de Diciembre de 2013 y hasta el 31 de Diciembre del año 2014.- (Ver archivo adjunto – Descargar)

III-0255-2015-(3354/2013) – PLAN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS POR MORA

Art. 1º: ESTABLECER un Plan de Regularización de Deuda de hasta veinticuatro (24) cuotas, originados en saldos impagos correspondientes a Tasas y Servicios, Servicios Sanitarios, Agua por Medidor, Ocupación de Espacios Públicos, Contribuciones que Inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios y Cementerio, incluidos planes de pagos anteriores caídos o en mora.

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Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.