Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº XI-0951-2020 (3646/2020).-

Designase con el nombre de «ATREYU», a la Plaza ubicada entre las calles San Fernando, Zoila Concha y Carlos Gardel del Barrio Cerro de la Cruz de nuestra ciudad de San Luis.-

ORDENANZA Nº XI-0952-2020 (3647/2020)

Dispóngase que el Pasaje Juan Llerena sea de mano única, con circulación vehicular de Sur a Norte, entre calle Tomas Jofré y Av. España, con la sola posibilidad de estacionamiento en el margen derecho de la calzada.-

ORDENANZA Nº III-0955-2020 (3650/2020)

El Poder Ejecutivo Municipal, El Honorable Concejo Deliberante y la Justicia Administrativa de Faltas, así como toda otra dependencia Municipal deberá eliminar la categoría de “sexo” de todo documento público o privado dentro del Ejido Municipal, garantizando el respeto de la integridad, la autonomía y la diversidad corporal de todas las personas que habitan en la Ciudad de San Luis.-

ORDENANZA Nº VIII-0957-2020 (3652/2020)

Créase el Consejo Municipal de Protección y Abordaje Integral de las Personas con Discapacidad, como órgano consultivo, de asesoramiento y de planificación de políticas públicas, planes, programas y proyectos destinados a la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, articulando e integrando los intereses de la Sociedad Civil y el Estado en el tratamiento de la temática, resguardando los derechos individuales y colectivos establecidos en la legislación vigente.-

ORDENANZA N° II-0960-2020 (3655/2020)

ESTABLÉZCASE que el personal que se desarrolla en la Subsecretaría de Tránsito y Vía Pública, la Subsecretaría de Estacionamiento Medido o como se denominen en el futuro y tránsito en general, deba certificar al menos una capacitación obligatoria en trato y asistencia de personas con síndromes, enfermedades y condiciones descriptas en el artículo 2°.-

ORDENANZA Nº II-0959-2020 (3654/2020).-

DISPÓNESE la implementación de ¨Lactarios¨ o “Espacios Amigos de la Lactancia”; en instituciones públicas municipales donde trabajan quince (15) o más personas gestantes en edad fértil, a fin de que puedan extraer su leche y conservarla durante el horario laboral, sin que ello ocasione perjuicios en sus remuneraciones. Donde haya menos de quince (15) personas gestantes en edad fértil, la persona empleadora debe ofrecer otros medios para hacer efectivo el derecho establecido en el presente artículo.-

ORDENANZA Nº VI-0965-2020 (3660/2020)

Crease en el ámbito de la Ciudad de San Luis el «Protocolo Ciudadano de Ahorro de Agua Potable» bajo el título «CON CADA GOTA PERDIDA, PERDEMOS TODOS», del anexo N°1 que se acompaña.-

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.