Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº XI-0952-2020 (3647/2020)
Fecha de sanción:2020-09-17

ORDENANZA Nº XI-0952-2020 (3647/2020)

Cpde. Expte. Nº 167-C-2020.-

Sesión Ordinaria Nº 19/2020.-

 

 

V I S T O:

 

La necesidad de generar acciones que agilicen la circulación vehicular dentro de la Ciudad de San Luis, debido al crecimiento del parque automotor y de la incidencia que tienen en la vida de nuestros vecinos, y;

C O N S I D E R A N D O:

 

Que los vecinos que viven en el Pasaje Juan Llerena de la Ciudad de San Luis han presentado una petición en donde manifiestan su preocupación por las características del tránsito en dicho lugar y solicitan modificaciones respecto de la circulación, cuyo interés es conseguir mayor seguridad y tranquilidad en su barrio;

Que mediante el reclamo que fuera presentado por los vecinos ante el Poder Ejecutivo Municipal, con fecha 24 de octubre del año 2017 en el expediente Nº E-0310002-2019 y que fue pasado a archivo el día 3 de diciembre del año 2019,no consiguieron solución a la problemática planteada;

 Que, en referencia específica al pasaje Juan Llerena y teniendo en cuenta el exiguo ancho y su gran caudal vehicular, con la consiguiente posibilidad de estacionar a ambos lados de la calzada, ello dificulta seriamente la transitabilidad y la circulación para los vecinos y para los vehículos que diariamente transitan por dicho pasaje;

Que según surge del informe presentado por la Subsecretaría de Tránsito y Vía Pública de la Municipalidad de San Luis con fecha 28 de marzo de2019, los vehículos que circulan por avenida España, en sentido de este a oeste, en su afán de esquivar el semáforo de la intersección de calle Chacabuco y la mencionada avenida, giran a la izquierda ingresando al pasaje Juan Llerena haciendo caso omiso a la prohibición que rige para realizar dicha maniobra;

Que previo a proponer los cambios, se han evaluado las características particulares de su implementación y del sector en que se encuentra comprendido, para tener una visión más amplia de los beneficios y posibles inconvenientes que de ello se pudieren derivar;

 Que la gran mayoría de los habitantes de la zona, se han mostrado conformes con esta iniciativa y han solicitado su aplicación por resultar una necesidad imperiosa, contar con una única circulación del Pje. Juan Llerena;

 Que a través de este cambio, se espera cumplir con los objetivos previstos, contribuyendo a dotar de mayor fluidez al tránsito y a su vez, minimizar los riesgos para personas y vehículos;

Que por dichas razones resulta conveniente disponer la modificación de la circulación a mano única, con sentido sur a norte, de dicho pasaje y con la sola posibilidad de estacionamiento en el margen derecho de la calzada;

Que esta modificación eficientizará los desplazamientos de los usuarios en la zona, constituyéndose al Pasaje Juan Llerena como una vía de descongestión de calle Tomas Jofré previo la intersección con calle Chacabuco;

Que estas modificaciones aportarán mayor seguridad vial y una mejor transitabilidad para aquellos que habitan la zona, como así también, para los que la transitan eventualmente;

Que entre las facultades otorgadas a este Honorable Cuerpo por la Carta Orgánica se comprenden las que hacen al “tránsito vehicular” y con ello procurar evitar accidentes;

 Que resulta necesario delimitar progresivamente los sentidos de circulación de las calles de nuestra ciudad, en las que ya por su volumen vehicular no resulta beneficioso el doble sentido, generando así una única mano de manera que la misma resulte más ágil;

Que el artículo 61° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, dispone que se presentará como Proyecto de Ordenanza “…toda proposición que tenga por objeto la adopción de medidas para su ejecución por el Departamento Ejecutivo y relativas al interés público de la Comunidad.”

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

 

PRIMERO:    Dispóngase que el Pasaje Juan Llerena sea de mano única, con circulación vehicular de Sur a Norte, entre calle Tomas Jofré y Av. España, con la sola posibilidad de estacionamiento en el margen derecho de la calzada.-

SEGUNDO:   Instar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar, con carácter previo, una intensa campaña de difusión a la ciudadanía y acompañar la efectiva implementación de la medida con la correspondiente y adecuada señalización vial, junto a la presencia de personal de tránsito en las primeras semanas de su aplicación.-

TERCERO: Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-

  

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 17 de SEPTIEMBRE de 2020.-

 

             IGNACIO CAMPOS                                                                    CARLOS ALBERTO PONCE

             Secretario Legislativo                                                                                    Presidente

      Honorable Concejo Deliberante                                                              Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

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