Cpde. Expte. Nº 312-C-2020.-
Sesión Ordinaria Nº 25/2020.-
V I S T O:
Las diversas problemáticas en relación a la discapacidad que existen actualmente en la Ciudad de San Luis, surge la necesidad de crear el Consejo Municipal de Protección y Abordaje Integral de las Personas con Discapacidad, para formular y gestionar políticas de acción, tendientes a incluir a la persona con discapacidad a la sociedad en todo su conjunto, y;
C O N S I D E R A N D O:
La necesidad de crear un espacio institucional específico con criterios dedicados al estudio y elaboración de proyectos relacionados a la discapacidad;
Que la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con discapacidad para el cumplimiento de las normativas vigentes, establece el reconocimiento y fortalecimiento de la participación y el trabajo constante de las organizaciones de personas con discapacidad;
Que la Constitución Nacional, en el Capítulo IV, introdujo la necesidad de que «…garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta constitución y por lo tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad…» (Artículo 75°, Inciso 23);
Que la Constitución Provincial, en el capítulo I, establece que «Los poderes públicos brindan a los discapacitados físicos, sensoriales y/o psíquicos la asistencia apropiada, con especial énfasis en la terapia rehabilitadora y en la educación especializada. Se los ampara para el disfrute de los derechos que les corresponden como miembros plenos de la comunidad.» (Artículo 52°);
Que la Carta Orgánica Municipal, en el artículo 19° prevé que «La Municipalidad arbitrará los medios necesarios a fin de facilitar la inserción comunitaria de los discapacitados, como así también, la asistencia que viabilice su rehabilitación o educación en su caso;
Que si bien la discapacidad debe ser abordada en un amplio espectro participativo, es necesario e indispensable que las personas directamente involucradas y relacionadas con la temática puedan llevar al ámbito deliberativo sus inquietudes y propuestas, dando lugar a una sociedad más inclusiva y representativa;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
PRIMERO: OBJETO. Créase el Consejo Municipal de Protección y Abordaje Integral de las Personas con Discapacidad, como órgano consultivo, de asesoramiento y de planificación de políticas públicas, planes, programas y proyectos destinados a la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, articulando e integrando los intereses de la Sociedad Civil y el Estado en el tratamiento de la temática, resguardando los derechos individuales y colectivos establecidos en la legislación vigente.-
SEGUNDO: MISIONES. El Consejo Municipal de Protección y Abordaje Integral de las Personas con Discapacidad, tendrá como misión: orientar, promover, coordinar, fiscalizar, concretar y convenir las políticas públicas relacionadas con las personas con discapacidad, para la equiparación de oportunidades en general y en particular la educación, el deporte, la recreación, el trabajo, la vivienda, la salud, la seguridad y la promoción de todas las estrategias necesarias para obtener una ocupación productiva, fortaleciendo el acceso a la vida cotidiana de nuestra sociedad.-
TERCERO: FUNCIONES. El Consejo Municipal de Protección y Abordaje Integral de las Personas con Discapacidad tendrá las siguientes funciones:
- A) Coordinar criterios y acciones con entes u organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal, con incumbencia en el tema de referencia.
- B) Coordinar criterios y acciones con Organizaciones No Gubernamentales o Entidades sin fines de lucro orientadas a la atención, promoción e inclusión de las personas con discapacidad.
- C) Propiciar la articulación de los esfuerzos de la familia, la sociedad civil y el Estado para atender integralmente a personas con discapacidad de la Ciudad, con acciones de promoción, concientización, prevención, asistencia y protección.
- D) Propiciar el desarrollo de un espacio multisectorial y pluridisciplinario dentro del
Consejo de Discapacidad para el abordaje de las problemáticas específicas.
- E) Impulsar a través del Órgano Ejecutivo Municipal, la firma de convenios de cooperación, ayuda financiera y/o técnica con instituciones públicas y/o privadas que brinden tratamientos terapéuticos o capacitaciones específicas de la temática.
- F) Generar convenios entre entidades públicas y privadas para el acceso de personas con discapacidad al empleo genuino teniendo en cuenta el cupo laboral del 4% establecido por la Ley Nacional N° 22.431.
- G) Instaurar distintas campañas comunicacionales de difusión e información sobre las legislaciones vigentes, existencia y funciones de los organismos competentes, como así también propiciar las herramientas que la población tiene a su alcance para la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
- H) Asesorar en la formulación y ejecución de programas y políticas públicas relativas a la atención de las personas con discapacidad dentro del Ejido Municipal.
- I) Confeccionar un registro de personas con discapacidad para gestar políticas públicas viables que darán repuestas a las necesidades existentes y emergentes.
- J) Crear y mantener un registro actualizado de instituciones de y para personas con
Discapacidad o vinculadas en forma directa o indirecta a la temática y toda información que contribuya al diseño de planes y programas ajustados a necesidades locales.
- K) Fomentar la eliminación de barreras físicas y sociales que obstaculicen el desarrollo pleno de las personas con discapacidad.
- L) Promover planes, programas y acciones culturales, deportivas, recreativas con
perspectiva de discapacidad.
- M) Recepcionar inquietudes y/o propuestas de personas con discapacidad o no, de la
comunidad local.
- N) Promover el respeto y la equidad de oportunidades para toda la comunidad con
discapacidad.-
CUARTO: INTEGRACIÓN DEL CONSEJO. El Consejo municipal de protección y abordaje integral de las personas con discapacidad, estará integrado en primer lugar por personas con discapacidad, familiares de personas con discapacidad, fundaciones, asociaciones, escuelas, centros de días y funcionarios de ejido municipal involucrados en primera persona a la temática.
El Consejo municipal de protección y abordaje integral de las personas con discapacidad estará constituido de la siguiente forma:
-Un/a (1) Coordinador/a General; y un/a coordinador/a Suplente;
-Un/a (1) Representante Titular y un/a Suplente de cada Discapacidad (Motora, Mental,
Visceral, Visual y Auditivo, Multisensorial);
– Un/a (1) Representante Titular y un/a Suplente por Escuelas Especiales;
– Un/a (1) Concejal/a que presida la Comisión de Previsión Social, Educación y Cultura del Honorable Concejo Deliberante;
– El/la Secretario/a de Desarrollo Social de la Municipalidad;
El Consejo municipal de protección integral de las personas con discapacidad podrá convocar a referentes o funcionarios de otras instituciones, niveles o áreas del Estado de ser necesario y de acuerdo a los temas que se traten.
La representación de las instituciones deberá estar a cargo de una persona que reúna condiciones de idoneidad necesaria que le permita su participación plena.
El Foro de la Discapacidad será abierto a la comunidad al menos dos (2) veces al ario para poner en agenda la temática y sus correspondientes proyectos a trabajar.
QUINTO: El Concejo deberá darse su propio reglamento de funcionamiento interno, para establecer entre otras cuestiones, cómo elegir sus representantes, duración y/o tiempo en el mandato de los mismos, días de reuniones, organización de las tareas, etc.-
SEXTO: El Poder Ejecutivo Municipal deberá asignar una partida presupuestaria específica que garantice el funcionamiento administrativo y operativo del Consejo Municipal de protección y abordaje integral de las personas con discapacidad, en el Presupuesto 2021.
SEPTIMO: COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 29 de OCTUBRE de 2020.-
IGNACIO CAMPOS GERMAN EMILIANO PONCE
Secretario Legislativo Vice Presidente Primero
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante