Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA N° IV-0978-2021 (3673/2021)

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza de PESOS SESENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($61,20) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS SESENTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS ($67,30) para la bajada de bandera nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de PESOS SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($6,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS SEIS CON SETENTA ($6,70), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts.) y el minuto de espera.

ORDENANZA N° VIII-0979-2021 (3674/2021)

DISPONER que los vehículos que transiten o permanezcan en el Ejido de
la Ciudad de San Luis, no podrá emitir ruidos de escape, que supere el nivel sonoro establecido en la Ordenanza Municipal N° VII-0550-2015(2495/93), como así tampoco, emitir gases contaminantes a la atmósfera por encima de los límites permitidos en dicha Ordenanza.-

ORDENANZA N° VIII-0980-2021 (3675-2021)

ADHERIR a la Ley Nacional 27592 «Ley Yolanda», garantizando la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública de la ciudad de San Luis.-

ORDENANZA Nº V-0981-2021 (3676-2021)

MODIFICAR a partir de la promulgación de la presente, el sentido de circulación de las calles que se indican conforme al siguiente detalle: ROSENDA QUIROGA: mano única con sentido de circulación de ESTE A OESTE. —
PILAR CELORRIO DE NEGRONI: mano única con sentido de circulación de OESTE A ESTE.-

ORDENANZA N° III-0983-2021 (3678/2021)

ESTABLECER los siguientes beneficios tributarios en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de San Luis, para aquellos contribuyentes cuya actividad comercial se hubiese visto interrumpida desde la sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020

ORDENANZA N° II-0984-2021 (3679/2021)

Fomentar la colocación de cartelería y señalización por parte y a cargo de los clubes deportivos que hagan alusión a la importancia de la concientización de la lucha contra la violencia en el deporte infantil

ORDENANZA N° VIII-0987-2021 (3682-2021)

Establecer la implementación de las horas sensoriales, inclusivas y saludables dentro de los mercados, hipermercados y en todos los grandes comercios de la ciudad de San Luis, con el fin de permitir que niños, niñas y toda persona con la condición de autismo puedan asistir sin sentir miedo y ponerse nerviosos.

ORDENANZA N° III-0989-2021 (3684-2021)

Adherir a las disposiciones establecidas en el Art. 6º del Decreto N° 5963-JGM-2021, de fecha 12 de octubre 2021, dictado por el Gobierno de la Provincia de San Luis, y ratificado por Ley Provincial Nº VIII-1060-2021, respecto a la implementación de la línea de créditos para los agentes municipales.

ORDENANZA Nº XI-0990-2021 (3685/2021)

Denominase con el nombre de «ALFIO VITO BATTI» al Pasaje ubicado entre Rio Negro (sur) y Chubut, paralela a calles Falucho y Constitución de nuestra ciudad de San Luis, por las razones expuestas en los considerandos.

ORDENANZA N° I-0991-2021 (3686-2021)

Créase la figura de “Licencia Laboral por Violencia de Géneros”, en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis para las trabajadoras que detentan vínculo laboral con el Estado municipal, ya sea planta permanente – contratadas- ayudas económicas o la totalidad de las modalidades existentes.

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.