Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

II-0068-2015-(710/74) – HOMOLOGA CONVENIO ENTRE SINDICATO GRAFICO Y P.E.M.

Art 1: Homologase el convenio celebrado entre la Intendencia Municipal de la ciudad de San Luis y el Sindicato Grafico de la ciudad de San Luis, con fecha el 26 de agosto de 1974, por el cual la Municipalidad se compromete a realizar por su exclusiva cuenta, el nuevo fraccionamiento del inmueble de propiedad del Sindicato Grafico, inscripta en el tomo 33 de capital, ley 3236 – folio 19 – n° 10.417 – escritura n° 97 – del Registro General de la Propiedad y plano de mensura N° 7241/1972 con el fin de posibilitar la ejecución del » Proyecto acceso Este de la ciudad de San Luis » . 

II-0066-2015-(99/67) – INSCRIPCION COLEGIO DE AGRIMENSURA

Art.1° . los profesionales habilitados para efectuar el estudio y presentacion de planos de mensura, subdivisiones y loteos deberán estar inscriptos en esta Municipalidad, para poder ejercer su profesión dentro del municipio; para presentar una solicitud con el sellado correspondiente, el Certificado e inscripto anual en el Colegio de Agrimensura de la Provincia y abonar los derechos de inscripción , siendo los mismo de $ 3.000 (Tres mil pesos moneda nacional)

Ordenanza Nº I-0057-2015(3207/2010)

Establece Tareas Insalubres y Peligrosas. Mod. Ord. 358/61 – ESTATUTO DEL PERSONAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS el  siguiente texto: Adicional Por Tareas Insalubres, Penosas, Peligrosas y Todas Aquellas Mortificantes y Determinantes de Vejez y Agotamiento Prematuro.-

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.