Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA N° 2567-HCD-94

Designase con el nombre “Parque de la Independencia” al actual barrio San Martín Anexo, comprendiendo en el siguiente perímetro: al Norte Granja La Amalia, al Sur calle las Malvinas, al Este calle Ecuador, al Oeste calle Malvinas y Granja la Amalia.-

ORDENANZA  Nº IV-1030-2023 (3725/2023).-

Crease una nueva línea de Transporte Público de Pasajeros que recorra la nueva extensión de la «Av. Lafinur», desde el C.A.V. «Dr. Alberto Domeniconi»- (Ex terminal de ómnibus), hasta el ingreso del Barrio «Buen Aire» ubicado en la RUTA 3 Km 4, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° III-1024-2022, por las razones expuestas en los considerandos. –

ORDENANZA  Nº IV-1029-2023 (3724 /2023).-

Créase una nueva línea de Transporte Público de Pasajeros bajo el sistema de Transbordo que recorra el Corredor Vial «Eva Duarte de Perón”, desde el Hospital Central San Luis, «Dr. Ramón Carrillo” hasta la intersección de calles Junín y Avenida Lafinur, permitiendo a los usuarios de todas las líneas existentes su combinación con la misma, sin abonar el costo del segundo pasaje, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza N° III-1024-2022, por las razones expuestas en los considerandos.-

ORDENANZA  Nº IV-1028-2023 (3723 /2023).-

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($182,65) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS DOSCIENTOS DIECINUEVE CON CERO CINCO CENTAVOS ($219,05) para la bajada de bandera nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de PESOS DIECIOCHO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($18,33) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS VEINTIUNO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($21,97), ambas fichas cada CIENTO SESENTA METROS (160 mts.) y el minuto de espera.-

ORDENANZA N II-1027-2023 (3722-2023)

DISPONER que durante el año 2023, en toda la documentación publica oficial impresa y digital emitida por la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, deberá colocarse la leyenda «1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA», en virtud del Decreto Nº 877/2022 DCTO-2022-877-APN-PTE-2023 Leyenda, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el cual declaró, en el territorio de la Nación Argentina, al año 2023 como año de homenaje a los cuarenta años ininterrumpidos de Democracia

ORDENANZA N° IV-1015-2022 (3710-2022).-

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza de PESOS CIENTO CUARENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($140,50) para la bajada de bandera diurna, y de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($168,50) para la bajada de bandera
nocturna; así como para la ficha de bajada diurna el valor de PESOS CATORCE CON DIEZ CENTAVOS ($14,10) y para la ficha de bajada nocturna el valor de PESOS DIESISEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($16,90), ambas fichas cada CIENTO OCHENTA METROS (180 mts) y el minuto de espera.

ORDENANZA Nº III-1023-2022 (3718-2022).-

PRINCIPIO GENERAL: Los tributos establecidos por el Código Tributario Municipal y sus modificatorias, así como los definidos en Ordenanzas Tributarias Especiales, se abonarán conformes a las alícuotas y valores que determina la presente ORDENANZA TARIFARIA ANUAL. –

ORDENANZA Nº IV-1025-2022 (3720-2022).-

ESTABLECER una actualización al importe del boleto del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros el cual será de PESOS SETENTA CON 00/100 CENTAVOS ($70,00) a partir del 1° de Enero del año 2023.

ORDENANZA Nº II-1026-2022 (3721-2022).-

Adhiérase la Municipalidad de la Ciudad de San Luis a la Ley Provincial N°XI-1086-2022, pudiendo instrumentarse el Sistema Electoral de Lemas, para cubrir cargos electivos que deban renovarse en las categorías de Intendente/a y Concejales/as de la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº III-1024-2022 (3719-2022).-

DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA y del SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS en la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, a partir del 1 de enero de 2023 y hasta el día 31 de diciembre del año 2023

ORDENANZA Nº V-1019-2022 (3714-2022).-

INCORPÓRESE de forma obligatoria, la capacitación con perspectiva de género para todos/as los/las conductores/as de categoría profesional del transporte para servicios públicos y semipúblicos, sumándose este a los requisitos establecidos en el Art. 15 de la Ordenanza V-745-2016 (3440/2016).

ORDENANZA N° V-1020-2022 (3715-2022)

INCORPÓRESE de forma obligatoria, la capacitación en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) básica para todos/as los/las conductores/as de categoría profesional del transporte para servicios públicos y semipúblicos, sumándose este a
los requisitos establecidos en el Art. 15 de la Ordenanza V-745-2016 (3440/2016).

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.