Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

IX-0587-2015 (637/73) – INSPECCIÓN EDIFICIOS EN RUINAS

Art. 1º: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Dirección General de Obras Públicas y Privadas, previa inspección podrá declarar inhabitable, todo edificio que amenace desplomarse con riesgo para sus moradores o que presente condiciones que atenten contra la salubridad de los mismos.-

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IX-0588-2015 (770/75) – REGLAMENTO PARA DEFINIR ANCHO DE CALLES

Art. 1º: Cuando las urbanizaciones respondan a planteos cerrados y las calles sirvan exclusivamente a un sector, con única calle de acceso al mismo, y la longitud total de su tramo no sea mayor de mil metros (1.000 mts.) y que dichas calles no se puedan prolongar, y que el factor de ocupación de la tierra no supere los doscientos cincuenta (259) habitantes/hectárea, y que las manzanas no superen los quince mil metros cuadrados (15.000 metros cuadrados) de superficie el ancho de calle será de doce metros (12 mts.) como mínimo.- (…)

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IX-0581-2015 (14/58) – RADIO CENTRO CONSTRUCCIÓN EDIFICIOS DE AL MENOS 1 PISO

Art. 1º: Dentro del Radio comprendido por las calles, Lavalle, Colón, 9 de Julio y Chacabuco, ambos frentes y el determinado por las calles 9 de Julio, Rivadavia, 25 de Mayo y San Martín, los edificios a construirse tendrán que contar por lo menos de planta baja y primer piso.-

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IX-0584-2015 (277/71) – APRUEBA PROYECTO DE PARCELAMIENTO EN CEMENTERIO CENTRAL

Art. 1º: Apruébase los proyectos de parcelamiento elaborados por las Secretarías de Obras Públicas Municipal oara las ampliaciones de los Cementerios Central y del Oeste, conforme a los planos obrantes a fs. 1 y 2 del Expediente Nº 12.455 – D – 71, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

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IX-0585-2015 (302/71) – DETERMINA ANCHO Y LONGITUD DE ARTERIAS DE CIRCULACIÓN

Art. 1º: Establécese que las arterias de circulación de vehículos y peatones, de ancho y longitud reducidos sin posibilidad de prolongación, quedan exceptuadas de las disposiciones relativas a líneas de edificación determinadas en el Capítulo V. Artículo 5.1.2.1. inciso a) de la Ordenanza Nº 276/71 (Código de Edificación).-

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IX-0586-2015 (632/73) – RESTITUCIÓN BUSTO DE EVA PERÓN

Art. 1º: Restitúyase el busto de la Señora MARIA EVA DUARTE DE PERON, que estuviera emplazado en la intersección de las calles Avenida Quintana, Junín y San Martín de esta Ciudad.-

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IV-0297-2015-(3342/2013) – EXTENSIÓN RECORRIDO LÍNEAS BCG Y A-O CREACIÓN DE UNA NUEVA – ZONA SUR

Art. 1º: Declárese necesario mediante la oficina que corresponda, realizar la extensión del recorrido de las Líneas BCG y A , o la creación de una nueva línea para que recorra la zona de los barrios de la zona Sur, de viviendas ya entregadas, como las que se van a entregar dentro de muy poco tiempo de los Planes de Vivienda en ejecución por parte de la Municipalidad y el Gobierno Provincial.-

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IV-0299-2015-(3368/2014) – TARIFA DE TAXI. TARIFA NOCTURNA

Art. 1°: Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, Pesos Nueve con 50/100 ($9,50) para la bajada de bandera, sosteniéndose el valor de de Pesos Cero con Ochenta y Dos centavos ($0.82) para la ficha cada 180 metros y el minuto de espera.-

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IV-0300-2015-(3376/2014) – CREA SERVICIO DIFERENCIAL DE TRANSPORTE PÚBLICO

Art. 1°: Créase en el ámbito jurisdiccional de la Ciudad de San Luis el SERVICIO DIFERENCIAL de Transporte Público de Pasajeros (SD) el que tendrá especiales condiciones de confort, características vehiculares, tamaño y capacidad de los vehículos, frecuencia y horarios del servicio, los que deberán ser reglamentadas por el Poder Ejecutivo Municipal.-

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Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.