VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 12.455 – D – 71, donde a fs. 1 y 2 se interesan los proyectos relacionados a las ampliaciones de los Cementerios Central y del Oeste, con las correspondientes subdivisiones de parcelas; el Decreto Nº 765 – G y E – de fecha 26 de marzo de 1971 dictado por el Superior Gobierno de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que es necesaria la aprobación del proyecto de parcelamiento elaborado por la Secretaría de Obras Públicas Municipal, por parte del Departamento Ejecutivo de la Comuna;
Que dicho parcelamiento servirá de base para las ventas de lotes que se realicen por intermedio de la dirección de Catastro y Urbanismo Municipal, en las ampliaciones de ambas necrópolis;
POR TODO ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Apruébase los proyectos de parcelamiento elaborados por las Secretarías de Obras Públicas Municipal oara las ampliaciones de los Cementerios Central y del Oeste, conforme a los planos obrantes a fs. 1 y 2 del Expediente Nº 12.455 – D – 71, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
(…)
Art. 3º: Comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese, etc..-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-