EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Dentro del Radio comprendido por las calles, Lavalle, Colón, 9 de Julio y Chacabuco, ambos frentes y el determinado por las calles 9 de Julio, Rivadavia, 25 de Mayo y San Martín, los edificios a construirse tendrán que contar por lo menos de planta baja y primer piso.-
(…)
Art. 3º: Comuníquese, Publíquese, etc..-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-