Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº II-0749-2016 (3444/2016).-

Modificar el Artículo 31º de la Ordenanza Nº II-0124-2015, que quedará redactado de la siguiente manera: “Acción Pública: su promoción. Toda falta da lugar a una acción pública que puede ser promovida de oficio por la autoridad administrativa municipal competente, o mediante denuncia, verbal y/o digital formulada ante esta o directamente ante el juez de faltas municipal por persona debidamente identificada”

ORDENANZA Nº IV-0748-2016 (3443/2016).-

Aplíquese al Servicio Semipúblico de Taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, Pesos Dieciocho con 60/100 ($18,60) para la bajada de bandera y Pesos Uno con 80/100 ($1,80) para la ficha cada 180 metros y el minuto de espera.-

Ordenanza Nº VI-0750-2016(3445/2016)

Las discotecas, pistas de baile y salones de fiestas reguladas por Ordenanzas VI-0451-2015 (2881/2001) y sus modificatorias deberán poner agua potable para su consumo a disposición de los consumidores en las barras y/u otro lugar fácilmente accesible

ORDENANZA Nº XI-0737-2016 (3432/2016).-

Denomínese como “BARRIO COLINAS DEL ALTO” las Manzanas E, F y G anexas al Barrio AMPARE que comprende las parcelas 207, 208 y 209 del mapa catastral de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis

Ordenanza Nº III-0741-2016(3436/2016)

Aprobar los saldos financieros correspondientes al Ejercicio Financiero del año 2015, por la suma total de pesos SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA Y DOS CON 83/100 ($782.082,83), e imputar el mismo al Ejercicio Financiero del año 2016, conforme detalle obrante en la presente.-

ORDENANZA Nº VII-0739-2016 (3434/2016).-

ESCUELA DE MÚSICA MUNICIPAL: Créase la Escuela de Música Municipal, dependiente de la dirección de Cultura Municipal u organismo que en el futuro lo reemplace, siendo esta la autoridad de aplicación de la presente ordenanza

ORDENANZA Nº VIII-0738-2016 (3433/2016).-

DECLÁRESE la “Semana Municipal del Parto Respetado” en el periodo comprendido desde el 16 de Mayo hasta el 20 de Mayo, en el marco de la Semana Internacional del Parto Respetado.-

ORDENANZA Nº II-0744-2016(3439/2016).-

Créase la Banca del Vecino, desde la cual cualquier habitante que posea domicilio en el ejido urbano de la Ciudad de San Luis, en representación propia o de una institución, podrá ejercer su derecho a peticionar ante este Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº V-0745-2016 (3440/2016).

ADHIÉRASE la Municipalidad de la ciudad de San Luis a la Ley Nacional de Transito N° 24.449 y sus modificatorias impuestas por las leyes N° 25.965 y 24.788, Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 26.353 y a la Ley Nacional de creación de la “Agencia Nacional de Seguridad Vial” N° 26.363 y normas reglamentarias, con las modificaciones que surgen de la presente ordenanza.-

ORDENANZA Nº IV-0733-2016 (3428 /2016)

El Transporte Público de Pasajeros de la Ciudad de San Luis, está obligado a disponer en sus unidades de transporte de un espacio visible y destacado en el que deberá inscribirse la leyenda «Las Islas Malvinas son Argentinas», con una tipografía y formato que determinará la reglamentación.-

ORDENANZA Nº VI-0732-2016 (3427/2016).-

Incorpórese a las Ordenanzas Nº 2881/01 en su Art. 3º inc. l) el cual quedara redactado de la siguiente forma: “Artículo 3º: […] inciso l): Para su habilitación deberá contar con una persona capacitada y certificada por turno en Técnicas de Resucitación Cardiopulmonar (RCP)”.-

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.