V I S T O:
La necesidad de generar acciones que tiendan a mejorar y agilizar la circulación vehicular en nuestra Ciudad de San Luis, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que entre las facultades otorgadas a este Honorable Cuerpo por la Carta Orgánica Municipal y el Reglamento Interno se comprenden las que hacen al “tránsito vehicular”;
Que la calle La Rioja entre Ayacucho y 9 de Julio cuenta con un potencial de circulación desaprovechado en la actualidad al impedir el giro hacia la izquierda por calle 9 de Julio en sentido Sur-Norte;
Que estas modificaciones eficientizarán los desplazamientos de los usuarios en la zona, constituyéndose la calle La Rioja como una vía de descongestión previa a Avenida Sarmiento;
Que el uso y costumbre de esta calle por parte de los ciudadanos, indica que es una necesidad real tener una vía de retorno hacia el centro girando hacia el norte por 9 de Julio, antes de llegar a una arteria de mayor caudal vehicular como lo es Avenida Sarmiento;
Que esta medida permitirá retornar con mayor fluidez hacia Avenida Presidente Perón antes de tener que ingresar a otra avenida (Sarmiento);
Que la calle cuenta con las dimensiones mínimas e indispensables para poder cumplimentar los objetivos de esta ordenanza. Contando con un ancho total de 15.40 metros de línea municipal a línea municipal opuesta. (Cada vereda mide 3.80 metros y la calle 7.80 metros);
Que un vehículo estándar posee un ancho de 2.50 metros y esto otorga la posibilidad de que puedan circular al menos dos vehículos en paralelo al mismo tiempo;
Que la Calle Chaco entre Córdoba y 9 de Julio cuenta con doble circulación en la actualidad y es una cuadra con una morfología excéntrica dentro del tejido que hace insegura la transitabilidad tanto para peatones como vehículos, por lo cual, esta modificación en calle La Rioja dará más posibilidades de circulación a los vecinos, y favorecerá una readecuación de las circulaciones sobre calle Chaco a futuro;
Que debido a la construcción de centros comerciales y gastronómicos en la zona, el caudal de autos ha ido aumentando progresivamente, resultando necesario repensar y readecuar la movilidad vehicular según los usos y costumbres adquiridos por la ciudadanía, como así también, según los análisis técnico-profesionales con los que se cuente para optimizar el sistema circulatorio y que no resulte peligroso e ineficiente;
Que estas modificaciones aportarán mayor seguridad vial y una mejor transitabilidad para aquellos que habitan la zona, como así también, para los que la transitan eventualmente;
Que la gran mayoría de los habitantes de la zona, se han mostrado conformes con esta iniciativa y han solicitado su aplicación por resultar una necesidad imperiosa, contar con doble circulación en este tramo de Calle La Rioja;
Que los cambios efectivos deben producirse tras una intensa campaña de difusión a la ciudadanía, con la correspondiente y adecuada señalización vial por parte del Poder Ejecutivo Municipal acompañado a su vez de presencia de personal de tránsito en las primeras semanas de su aplicación;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Establézcase la doble circulación vehicular en la Calle La Rioja, en el tramo comprendido entre calles Ayacucho y 9 de Julio. Permitiéndose el estacionamiento solo en el margen oeste de la calle de acuerdo a las reglamentaciones actuales.-
Art. 2º: Instar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar con carácter previo una intensa campaña de difusión a la ciudadanía y acompañar la efectiva implementación de la medida con la correspondiente y adecuada señalización vial, junto a la presencia de personal de tránsito en las primeras semanas de su aplicación.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc..-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 14 de JULIO de 2016.-