Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº VIII-0743-2016 (3438/2016).-
Fecha de sanción:2016-05-26

ORDENANZA Nº VIII-0743-2016 (3438/2016).-

 

V I S T O:

Que en el año 2009 la Federación Internacional de Esclerosis Múltiple estableció oficialmente como día mundial de Esclerosis Múltiple el último miércoles del mes de Mayo de cada año;

Que en el año 2016, este día coincide en nuestro país, con el Día en que se conmemora la Revolución de Mayo de 1810, el 25 de Mayo de 2016, y;

 

C O N S I D E R A N D O:

Que la Esclerosis Múltiple es una enfermedad crónica y autoinmune que afecta a la mielina o materia blanca del cerebro y de la medula espinal, provocando la aparición de placas escleróticas que impiden el funcionamiento normal de esas fibras nerviosas;

Que la Esclerosis Múltiple produce una anomalía inmunológica que se suele manifestar en problemas de coordinación y equilibrio, debilidad muscular, alteraciones de la vista, dificultades para pensar y memorizar y sensaciones de picazón, pinchazos o entumecimiento, además de otros síntomas;

Que la Esclerosis Múltiple es una enfermedad de adultos jóvenes, la edad media de aparición es 20-33 años, pero la gama de las edades de aparición es muy amplia, aproximadamente desde los 10 a los 59 años; y las mujeres sufren la enfermedad con una frecuencia algo superior a los varones;

Que la incapacidad que produce la Esclerosis Múltiple suele ser progresiva, lenta, y en ocasiones, irreversible. Según las características de la enfermedad, los problemas psicológicos de las personas con Esclerosis Múltiple no solo dependen de los síntomas clínicos, sino también de la inseguridad del pronóstico;

Que aun con un diagnóstico de Esclerosis Múltiple, es posible llevar una vida activa y plena, asimilando cambios que es necesario realizar y asumir;

Que es una enfermedad silenciosa y que amenaza a una gran cantidad de pacientes que padecen la enfermedad sin grandes manifestaciones, que hay hasta un 75 % de los pacientes que sufre alteraciones de ánimo o depresión en algún momento de la enfermedad;

Que es importante que los ciudadanos de la Ciudad de San Luis que padecen esta enfermedad sean reconocidos por su lucha diaria ante tan perversa enfermedad;

Que el Articulo 79º de la Carta Orgánica Municipal establece en su primer párrafo “La municipalidad garantiza el derecho a la salud, velando por el bienestar de la población, desarrollando acciones que tiendan a mejorar la calidad de vida de sus habitantes”;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

 

Art. 1°: Adherir al Día Internacional de la Esclerosis Múltiple que se celebra el último miércoles de mayo de cada año, y que en el año vigente se celebra el 25 de Mayo de 2016.-

Art. 2°: Institúyase el último miércoles del mes de mayo de cada año el día de la esclerosis múltiple en la ciudad de San Luis.

Art. 3°: Declarar de interés Municipal todas las actividades que se desarrollen en el marco de ese día internacional y local.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc..-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 26 de MAYO de 2016.-