Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

Ordenanza Nº IX-0664-2015 (3042/2006)

Prohíbase a todo particular la instalación en veredas de mojones, pilares y cualquier otro elemento que impida a libre circulación de los ciudadanos, ni que entorpezca el acceso a la misma, excepto en casos especiales y en circunstancias fundadas que autorice la Dirección de Obras Públicas y Privadas como esquinas peligrosas, escuelas, hospitales, construcciones, etc.-

ORDENANZA Nº IX-0661-2015 (2962/2004)

Agréguese como último párrafo del Art. 7º de la Ordenanza 2403/92 «Las Plantas que cumplen las características adecuadas a la arquitectura de la Ciudad…

Ordenanza Nº IX-0657-2015 (2847/2001)

Urbanización destinada a la ejecución de Planes de Conjuntos Habitacionales deberá localizarse en áreas urbanizables ( aptas para el asentamiento de planes de viviendas ) según lo determine la autoridad municipal competente, quedando prohibidas en zonas industriales e industriales peligrosas; en áreas de reserva o áreas verdes, en áreas de urbanización condicionada y en áreas rurales; debiendo integrarse al entorno mediante la continuidad de la red vial principal y/o estructurante a nivel sectorial, perfiles de calles, franja de resguardo, etc.

Ordenanza IX-0651-2015 (2686/96)

El Poder Ejecutivo Municipal otorgará el permiso correspondiente de iniciación ( rotura) y finalización ( cierre) de toda Obra Pública o Privada

Ordenanza Nº IX-0653-2015 (2705/97)

Todo edificio que cuente con instalaciones de ascensores dispondré obligatoriamente de un servicio de mantenimiento y asistencia técnica para su atención , debiendo llevar un Libro de Inspección rubricado por la Dirección de Obras Privadas Municipales de la Ciudad de San Luis , el cual deberá permanecer en el Edificio a disposición de cualquier inspección municipal . Las instalaciones deberán contar con la correspondiente habilitación municipal, la que estará asentada en la apertura del requerido Libro de Inspección.

Ordenanza Nº IX-0654-2015 (2729/97)

El Poder Ejecutivo Municipal deberá construir Rampas de acceso para personas que se desplazan en sillas de ruedas, en todas las reparticiones municipales que tengan atención al publico.-

Ordenanza Nº IX-0655-2015 (2783/99)

EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, construirá un monolito en la esquina de la calle Martín de Loyola y Leandro N. Alem, en memoria al Soldado Puntano caído en la Gesta de Malvinas, MARIO ESTEBAN FROLA.-

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.