Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

Ordenanza VI-0431-2015 (2539/94)

PROHIBASE, en todo el ejido Municipal da la ciudad de San Luis, la venta o entrega de a menores de 18 años de cualquier juego de Azar” llámese tarjeta, o billete, etc.

Ordenanza Nº VI-0433-2015 (2570/94)

PROHIBASE, en todo el ejido Municipal da la ciudad de San Luis, la venta o entrega de a menores de 18 años de cualquier juego de Azar” llámese tarjeta, o billete, etc..

Ordenanza Nº VI-0434-2015 (2589/95)

PROHIBESE en todo el ejido municipal la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas en comercios habilitados como Kiosco, Mercado, Super-Mercado, Despensas y similares, los cuales solamente quedan autorizados para la venta en el horario de 08:00 a 24:00 hs

Ordenanza Nº VI-0437-2015 (2656/96)

ESTABLECE   como   requisito   para   habilitar   el   transporte  de   agua   potable  o  cruda, la iIdentificación  impresa  en  ambos  costados  del tanque  del  vehículo que  transporta  el liquido.

Ordenanza Nº VI-0424-2015 (2438/92)

Los parques de diversiones, circos, kermeses y cualquier otro espectáculo afín, que soliciten permiso de habilitación Municipal, deberán contar con…

Ordenanza Nº VI-0426-2015 (2477/93)

DISPÓNESE el registro de locales, personas, firmas, sociedades, etc., cuya actividad sea la venta de automóviles, camiones, motocicletas, máquinas agrícolas y otras, como así talleres mecánicos y de chapa y pintura, las que deberán cumplimentar toda la documentación y obligaciones vigentes para la autorización de su funcionamiento, cuando correspondiere en un término de cuarenta días

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.