Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

Ordenanza Nº III-0242-2015 (3050/2006)

Autorícese al Ejecutivo Municipal a realizar un descuento del Cincuenta por Ciento (50%) de tasa y/o servicios municipales, incluidos los de agua y cloacas a contribuyentes jubilados y/o pensionados, que acrediten ser propietarios de un único inmueble destinado a vivienda familiar que perciban hasta un haber máximo de seiscientos pesos ($600,00).-

III-0247-2015 (3102/2008) – Modf. Art. 1º Ordenanza Nº 3089/07 – Condonación de deuda

Art. 1º: Modifíquese el art. 1º de la Ordenanza 3089/07 el cual quedará redactado de la siguiente manera: «Disponer la condonación de la deuda registrada y eximición de la que se devengare en concepto de tasas y servicios municipales correspondientes a la Sección 10, Manzana 89, Parcela 43, Padrón Municipal 21126/05, cuya titular es la Sra. Paula Berta Adaro».-

(Ver archivo adjunto – Descargar).-

III-0248-2015 (3150/2008) – Crea Registro de Agentes Publicitarios

Art. 1º: Créase el Registro Municipal de Agentes Publicitarios en el que se deberán inscribir todos aquellos agentes publicitarios que desarrollen la actividad comercial de propaganda y publicidad escrita o gráfica en la vía pública o en interiores con acceso al público.-

(Ver archivo adjunto – Descargar).-

III-0249-2015 (3155/2009) – Pago de tasas por Red Link y Banelco

Art. 1º: Créase el Registro Municipal de Agentes Publicitarios en el que se deberán inscribir todos aquellos agentes publicitarios que desarrollen la actividad comercial de propaganda y publicidad escrita o gráfica en la vía pública o en interiores con acceso al público.-

(Ver archivo adjunto – Descargar).-

III-0251-2015 (3294/2012) – Régimen especial por mora a Asociaciones Civiles Deportivas

Art. 1º: Las Instituciones y Asociaciones Civiles sin fines de lucro de la Ciudad de San Luís, con personería jurídica, que tengan por objeto fundamental la práctica y difusión del deporte y que se encuentren en situación de mora en el pago de Tasas y Servicios Municipales, podrán cancelar sus deudas que registren por tal concepto correspondiente a los distinto inmuebles que afecten la forma total o parcial a la prestación de servicios a la comunidad que incluyan la utilización de las instalaciones de los mismos por parte del Municipio para la organización de eventos que permitan el desarrollo de programas sociales, deportivos, culturales, recreativos, con especial atención a la niñez, adolescencia y tercera edad y capacidades diferentes.-

(Ver archivo adjunto – Descargar).-

III-0252-2015-(3350/2013) – ADECUAR SISTEMA TRIBUTARIO ANTENAS DE TELEFONÍA CELULAR

Art. 1º: TASAS APLICABLES AL EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS SOPORTE DE ANTENAS DE COMUNICACIONES MÓVILES Y SUS INFRAESTRUCTURAS COMPLEMENTARIAS. El emplazamiento de estructuras soporte de antenas de Comunicaciones Móviles (torre, monoposte, mástil y conjunto de uno o más pedestales y/o vínculos instalados en un mismo lugar físico que conformen una unidad) y sus infraestructuras complementarias (cabinas y/o shelters para la guarda de equipos, grupos electrógenos, cableados, antenas, riendas, soportes, generadores y cuanto más dispositivos técnicos fueran necesarios) para la transmisión y/o recepción de comunicaciones correspondientes a los servicios y Comunicaciones Móviles, quedará sujeto únicamente y de modo exclusivo a las tasas que se establecen en el presente. (Ver archivo adjunto – Descargar)

Ordenanza N° III-0243-2015 (3060/2006)

Aceptar el veto parcial a la Ordenanza Nº 3050-HCD-06. (eximir del pago de tasas  Municipales – excluidos “Servicio Sanitario y Agua por Medidores”)

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.