Ordenanzas

(digesto)

Contar con un Digesto Municipal accesible para todas las vecinas y vecinos de la ciudad de San Luis, no solo es un derecho fundamental enmarcado en el debido acceso a la información pública, sino que contribuye a garantizar los derechos y garantías que el Estado Municipal reconoce a todas las personas que residen en la ciudad de San Luis.

ORDENANZA Nº III-1088-2025 (3783/2025).-

DECLARAR LA EMERGENCIA ECONOMICA, FINANCIERA, ADMINISTRATIVA y del SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS en todo el ejido de la Ciudad de San Luis, a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el día 31 de diciembre del año 2026

ORDENANZA Nº III-1087-2025 ( 3782/2025).-

Ordénese al Poder Ejecutivo a realizar una convocatoria para la exención porcentual progresiva de tributos a emprendedores y micro comerciantes, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° VII-1063-2024 (3758/2024), sujeta a las condiciones previstas en dicha norma.

ORDENANZA Nº IV-1086-2025 ( 3781/2025)

aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza: I) PESOS OCHOCIENTOS QUINCE ($815) para la bajada de bandera diurna; II) PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO ($978) para la bajada de bandera nocturna; III) PESOS OCHENTA Y UNO ($81) para la ficha de bajada diurna; IV) PESOS NOVENTA Y SIETE ($97) para la ficha de bajada nocturna; ambas fichas cada CIENTO TREINTA METROS (130 mts.) y el minuto de espera.-

ORDENANZA Nº XI-1085-2025 ( 3780/2025)

Denominar como Pasaje Dra. Angela Rosa Giunta al pasaje sin salida que nace en Calle La Rioja y que tiene como calles laterales a 9 de Julio y Ayacucho, ello según el croquis que detalla la ubicación en el Anexo I de la presente.

ORDENANZA NºXI-1084-2025 (3779-2025)

Denomínase «Profesor Hugo Arnaldo Fourcade», «Profesor Ricardo Domingo Pantano» y «Profesor Antu-Có Fernández» a las calles identificadas provisoriamente como S/N 1, S/N 2 y S/N 3, correspondientes al loteo sobre el terreno de propiedad del Sr. Arnaldo Humberto Genco, ubicado en las inmediaciones de las calles Catamarca y Alejandro Canale Canova. La ubicación de dichas calles puede visualizarse en los planos que se adjuntan como anexo, correspondiendo al loteo situado en las coordenadas geográficas 33°17’24″S, 66°18’32» W.

ORDENANZA Nº IV-1080-2025 (3775/2025).-

Aplíquese al servicio semipúblico de taxis los siguientes valores tarifarios a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza: I) PESOS SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($766,68) para la bajada de bandera diurna; II) PESOS NOVECIENTOS VEINTE CON UN CENTAVOS ($920,01) para la bajada de bandera nocturna; III) PESOS SETENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($76,67) para la ficha de bajada diurna; IV) PESOS NOVENTA Y DOS ($92) para la ficha de bajada nocturna; ambas fichas cada CIENTO TREINTA METROS (130 mts.) y el minuto de espera.-

ORDENANZA Nº VI-1079-2025 (3774 /2025).-

Crear a partir de la publicación en el Boletín Oficial el Registro de “COMERCIO AMIGO DE LAS MASCOTAS”  a fin de identificar a aquellos establecimientos que deseen permitir el ingreso  y permanencia de animales domésticos.-

ORDENANZA Nº III-1078-2025 (3773 /2025).-

Otorgar el beneficio de exención total en el concepto de Derecho de Construcción (plano de relevamiento y piano de obra nueva), a los comercios que inicien, amplíen, refaccionen y/o realicen mejoras sobre la superficie cubierta destinada a la actividad comercial de micro y macro emprendimientos que se encuentren dentro del ejido municipal.-

ORDENANZA NºII-1077-2025(3772-2025)

Queda prohibida en la Ciudad de San Luis toda actividad en relación al servicio de lavado, estacionamiento y/o cuidado de rodados en la vía pública, comúnmente conocido como “cuidadores de vehículos” o “trapitos” que impliquen una retribución económica por el titular, poseedor, tenedor y/o guardián del automóvil.

ORDENANZA NºIV-1076-2025(3771-2025)

Prorrogar por 5 años el requisito de antigüedad máxima que debe tener el vehículo de transporte de personas con discapacidad, establecido el Artículo 12° de la Ordenanza N° IV-0723-2015- (3416/2015).-

ORDENANZA NºVII-1075-2025(3770-2025)

Podrá accederá los beneficios de la presente ordenanza todo contribuyente que cumpla con las siguientes condiciones:

Ser titular dominial del inmueble, de forma exclusiva o en condominio, sobre el que se solicita la conexión a la red domiciliaria de agua corriente y/o desagües cloacales.
Que el inmueble posea los planos requeridos por autoridad municipal competente, sean estos de obra nueva o de relevamiento de lo existente, y factibilidad técnica para la conexión de los servicios que se pretenda instalar.

ORDENANZA NºVII-1074-2025(3769-2025)

Podrán acceder a la conexión de servicios de agua corriente y desagües cloacales, además de quienes ya se encuentran facultados por la legislación vigente, todos los contribuyentes que se encuadren en las disposiciones de la presente ordenanza.

Marco Normativo del Digesto

En marzo del año 2014 el H. Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° II-0198-2015 (3360/2014) ante la necesidad de revisar y analizar todo el sistema jurídico de la Ciudad de San Luis, sistematizando sus normas de manera tal que pueda contactarse con un digesto de ordenanzas que otorgue certeza y facilite el rápido y eficaz acceso a ellas.

A partir de ese momento, y en el plazo de un año, se procedió a revisar la totalidad de las ordenanzas de la Ciudad de San Luis a los efectos de identificar todas las ordenanzas vigentes y proceder a su reordenamiento, favoreciendo de esta manera a fortalecer la Seguridad Jurídica del Municipio.

Es así que en virtud de dicha revisión, reordenamiento, derogación y ratificación de Ordenanzas, se sancionaron las Ordenanzas N° II-0200-2015 (3371/2014), II-0201-2015 (3377/2014), X-0695-2015 (3386/2015), XI-0696-2015 (3387/2015), II-0203-2015 (3388/2015), II-0204-2015 (3389/2015) y II-0698-2015 (3391-HCD-2015), que establecieron el punto de partida para la registración adecuada del ordenamiento jurídico que rige a toda la Ciudad de San Luis.

Con la sanción de la Ordenanza final N° II-0698-2015 (3391-HCD-2015) se dispuso que las Ordenanzas de la Ciudad de San Luis se clasificarán temáticamente y se reenumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas: un número romano que se refiere al tema principal; un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001; un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción; entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la Ordenanza antes mencionada; cada uno de ellos, separados por un guion.

El orden temático es el siguiente:

Romano uno (I): Personal Municipal; Romano dos (II): Política Institucional; Romano tres (III): Economía y Hacienda; Romano cuatro (IV): Transporte; Romano cinco (V): Transito; Romano seis (VI): Comercio y Bromatología; Romano siete (VII): Desarrollo Social; Romano ocho (VIII): Seguridad, Salud y Medio Ambiente; Romano nueve (IX): Urbanismo y Obra Pública; Romano diez (X): Patrimonio Municipal; Romano once (XI): Calles y Barrios.

Además de este ordenamiento jurídico, en el mes de julio de 2021 el H. Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 33-HCD-2020 por medio de la cual se creó el “Digesto Ambiental” con el propósito de contar con una ordenación interna adecuada y más segmentada de la materia Medio Ambiente, sin alterar la Ordenanzas anteriormente identificadas.

Es así que, todas las Ordenanzas identificadas como romano ocho (VIII – Seguridad, Salud y Medio Ambiente) tendrán el siguiente sub-orden: 1. Ordenamiento Territorial: Espacios Verdes; Arbolado Publico; Parques. 2. Contaminación: Aire-Clima; Contaminación Auditiva; Contaminación Visual. 3. Gestión Sustentable de Ambiente: Energía; Emprendimiento; Recursos Hídricos. 4. Residuos. 5. Saneamiento.