Inicio 9 Ordenanza 9 Ordenanza Nº XI-0843-2018 (3538/2018)
Fecha de sanción:2018-08-30

Ordenanza Nº XI-0843-2018 (3538/2018)

Cpde. Expte. Nº 438-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 25/2018.-

V I S T O:

La solicitud de los vecinos que residen en la zona sur-oeste de la ciudad, algunos desde hace más de 30 años y que aún su barrio no es reconocido oficialmente por ordenanza y;

C O N S I D E R A N D O:

Que pasando el Barrio Unión y el Complejo Penitenciario Provincial, a la altura del KM 6 de la Ruta N° 146, del mismo lado y hacia el sur, residen aproximadamente 100 vecinos entre adultos y niños, en más de 25 viviendas desde hace muchos años;

Que las condiciones de urbanización en el lugar son mínimas contando solamente con agua potable, luz de poca intensidad y donde el transporte público de pasajeros sólo llega hasta la Penitenciaria a más de 2 kilómetros de distancia;

Que este barrio nunca tuvo una denominación oficial impuesta por ordenanza, aunque por usos y costumbres los vecinos de la ciudad lo llaman por el nombre de «Barrio Algarrobo Blanco» dado su cercanía al paraje conocido como «Algarrobo Blanco» y los vecinos lugareños desean que se los considere como barrio y así poder acceder a los servicios básicos;

Que el Artículo 154° inc. i) de la Carta Orgánica Municipal, faculta al Honorable Concejo Deliberante a «Imponer nombres a calles, plazas, pasajes, paseos, parques y demás lugares públicos»;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

Art. 1°: Denominar como Barrio Algarrobo Blanco al conjunto de viviendas ubicado hacia el sur del KM 6, de la Ruta N° 146 dispuesto en forma paralela al barrio Unión de la Ciudad de San Luis.

Art.2º: El Poder Ejecutivo Municipal procederá a constatar los dominios catastrales correspondientes a los fines de determinar la ubicación exacta del barrio y establecer sus límites, así como todo lo relacionada a terrenos cedidos y/o necesarias para la correcta apertura de calles y urbanización de la zona. Según demarcación de plano en anexo 1.

Art.3º: El Poder Ejecutivo Municipal procederá a realizar las obras necesarias para extender los correspondientes servicios básicos al Barrio Algarrobo Blanco de la Ciudad de San Luis.-

Art.4º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 30 de AGOSTO de 2018.-

 

 

SONIA EDITH FLORES                                                                             NORMA RAQUEL ROSALES
Secretaría Legislativa
Honorable Concejo Deliberante                                                                     VicePresidente 1º a/c
Presidencia
Honorable Concejo Deliberante

Ir al contenido