Cpde. Expte. Nº 434-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 25/2018.-
V I S T O:
El complejo habitacional ubicado en la zona suroeste de la Ciudad de San Luis, que es conocido popularmente como barrio «Solidaridad», y el cual no posee denominación oficial, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que en 2015 comenzó el Plan Solidaridad que benefició en su mayoría a madres solteras;
Que esas viviendas fueron realizadas mediante la modalidad de auto ejecución, en la cual el Estado adjudica un terreno, un crédito en materiales y un manual de construcción;
Que las mujeres fueron protagonistas de la realización de este barrio, ya que construyeron sus propias viviendas junto a sus hijos;
Que las familias beneficiadas participan, no sólo en la edificación de sus viviendas, sino además en la de sus futuros vecinos;
Que este barrio nunca tuvo una denominación en oficial impuesta por ordenanza, aunque por usos y costumbres los vecinos de la ciudad lo llaman por el nombre de «Barrio Solidaridad»;
Que la palabra «Solidaridad» define la esencia de los vecinos residentes y al barrio en general siendo el motor que los ha guiado desde el inicio;
Que el Artículo 154° inc. i) de la Carta Orgánica Municipal, faculta al Honorable Concejo Deliberante a «Imponer nombres a calles, plazas, pasajes, paseos, parques y dentro lugares públicos».
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Denominar como Barrio Solidaridad al complejo habitacional de la zona suroeste de la Ciudad de San Luis, que limita al norte con los barrios Juan Domingo Perón y Estrella del Sur, ubicándose paralelamente al Este del Barrio Unión y al Norte de la Autopista Serrarías Puntanas de la Ciudad de San Luis.-
Art.2º: Comuníquese, publíquese y archívese.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 30 de AGOSTO de 2018.-