Cpde. Expte. Nº 349-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 26/2018.-
V I S T O:
Los pedidos formulados por los vecinos del Barrio CGT sobre limpieza y revestimiento interior del canal de desagüe pluvial, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que en el Art. 71º de la Carta Orgánica, se refiere como obras Publicas Municipales a todos los estudios, proyectos, construcciones, conservaciones, instalaciones y obras en general que realice la Municipalidad por medio de sus reparticiones centralizadas o descentralizadas autónomas o autónomas o autárquicas, empresas estatales, privadas o mixta, por concesión a terceros o por entidades de bien público, cualquiera sea el origen de los fondos que se inviertan;
Que en el Art. 85º, la Carta Orgánica Municipal expresa que el Municipio debe fomentar el cuidado del ambiente, corrigiendo las actividades contaminantes susceptibles de degradar el suelo, el aire y los cursos de agua y cualquier otra forma de perturbación del mismo;
Que los vecinos presentaron la necesidad al Municipio de la Ciudad de San Luis de realizar trabajos de limpieza y mantenimiento del canal de desagüe pluvial con el fin de evitar complicaciones en caso de lluvias abundantes;
Que es prioritario que el PEM lleve a cabo medidas de arreglo y de prevención de este tipo de situaciones que afectan a los vecinos del barrio CGT;
Que la limpieza y mantenimiento de los barrios son el primer paso que debiera dar el municipio para garantizar el normal escurrimiento de las aguas;
Que esa zona del Barrio CGT no está exenta tampoco de problemas de inundación;
Que el desagüe se encuentra obstruido por residuos que se arrojan en el mismo;
Que, en épocas de lluvia, el agua destruye los bordes de tierra del canal y cada vez avanza más sobre las calles adyacentes lo que en un futuro, afectaría el asfalto;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: El Poder Ejecutivo Municipal por el área que corresponda, procederá al arreglo del desagüe, limpieza y revestimiento interior de un canal que comienza con una boca de desagüe pluvial a la altura de la calle Belgrano al 2000 en el Barrio CGT de la Ciudad de San Luis.-
Art.2º: El Poder Ejecutivo Municipal hará uso de las partidas presupuestarias 17-51-51 correspondientes para la realización del arreglo y limpieza del canal.-
Art.3º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 07 de SEPTIEMBRE de 2018.-