Inicio 9 Ordenanza 9 Ordenanza Nº VIII-0852-2018 (3547/2018)
Fecha de sanción:2018-09-07

Ordenanza Nº VIII-0852-2018 (3547/2018)

Cpde. Expte. Nº 349-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 26/2018.-

V I S T O:

Los pedidos formulados por los vecinos del Barrio CGT sobre limpieza y revestimiento interior del canal de desagüe pluvial, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que en el Art. 71º de la Carta Orgánica, se refiere como obras Publicas Municipales a todos los estudios, proyectos, construcciones, conservaciones, instalaciones y obras en general que realice la Municipalidad por medio de sus  reparticiones centralizadas o descentralizadas autónomas o autónomas o autárquicas, empresas estatales, privadas o mixta, por concesión a terceros o por entidades de bien público, cualquiera sea el origen de los fondos que se inviertan;

Que en el Art. 85º, la Carta Orgánica Municipal expresa que el Municipio debe fomentar el cuidado del ambiente, corrigiendo  las actividades contaminantes susceptibles de degradar el suelo, el aire y los cursos de agua y cualquier otra forma de perturbación del mismo;

Que los vecinos presentaron la necesidad al Municipio de la Ciudad de San Luis de realizar trabajos de limpieza y   mantenimiento del canal de desagüe pluvial con el fin de evitar complicaciones en caso de lluvias abundantes;

Que es prioritario que el PEM lleve a cabo medidas de arreglo y de prevención de este tipo de situaciones que afectan a los vecinos del barrio CGT;

Que la limpieza y mantenimiento de los barrios son el primer paso que debiera dar el municipio para garantizar el normal  escurrimiento de las aguas;

Que esa zona del Barrio CGT no está exenta tampoco de problemas de inundación;

Que el desagüe se encuentra obstruido por residuos que se arrojan en el mismo;

Que, en épocas de lluvia, el agua destruye los bordes de tierra del canal y cada vez avanza más sobre las calles  adyacentes lo que en un futuro, afectaría el asfalto;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

Art. 1°:   El Poder Ejecutivo Municipal por el área que corresponda, procederá al arreglo del desagüe, limpieza y revestimiento interior de un canal que comienza con una boca de desagüe pluvial a la altura de la calle Belgrano al 2000 en el Barrio CGT de la Ciudad de San Luis.-

 Art.2º:   El Poder Ejecutivo Municipal hará uso de las partidas presupuestarias 17-51-51 correspondientes para la realización del arreglo y limpieza del canal.-

 Art.3º:     Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 07 de SEPTIEMBRE de 2018.-

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