Cpde. Expte. Nº 311-C-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 23/2018.-
V I S T O:
El reclamo de los vecinos del Barrio Félix Bogado del sur de la Ciudad de San Luis, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ciudad de San Luis a través de la Ordenanza N° 2.739/98 adhirió a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus modificaciones impuestas por Leyes N° 27.788, N° 25.965 y N° 26.363 en donde se tratan cuestiones de la seguridad vial;
Que los vecinos del Barrio Félix Bogado expresaron que es necesario limitar la velocidad a la que circulan los vehículos;
Que la colocación de un reductor de velocidad en la calle Tomás Cuello entre Rafael Obligado e Hilario Ascasubi del sur de esta Ciudad, es necesario para que los conductores transiten ese tramo a una velocidad moderada en forma permanente, brindando seguridad tanto a peatones como a conductores;
Que la calle Rafael Obligado es una importante arteria que conecta el Barrio Félix Bogado con los Barrios Néstor Kirchner, Padre Mugica y Mirador del Portezuelo;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Proceda, el Poder Ejecutivo Municipal por el área que corresponda, a la colocación de un reductor de velocidad en la calle Tomás Cuello entre Rafael Obligado e Hilario Ascasubi del Barrio Félix Bogado de la Ciudad de San Luis.-
Art. 2º: Instálense señales viales que permitan a los conductores y peatones identificar las modificaciones sobre calle Tomás Cuello.-
Art. 3º: Dicha instalación deberá concretarse en un plazo no mayor a UN (1) mes, a partir de la promulgación de la presente ordenanza e imputarse a la partida presupuestaria general N°18-14-21 y las partidas presupuestarias que a su efecto correspondieren.-
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 16 de AGOSTO de 2018.-