V I S T O:
El pedido de los vecinos del Barrio AMEP quienes manifestaron la necesidad de la colocación de un reductor de velocidad sobre calle Leopoldo Marechal antes de Av. Fuerza Aérea, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que la Ciudad de San Luis a través de ordenanza N°2.739/98 adhirió a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y sus modificaciones impuestas por Leyes N°27.788, N°25.965 y N°26.363 en donde se tratan cuestiones de la seguridad vial;
Que dentro de las facultades de este cuerpo otorgadas por la Carta Orgánica Municipal y el Reglamento Interno, y en uso de sus atribuciones, este cuerpo cree necesario realizar acciones que procuren mejorar la circulación vehicular y sirvan para prevenir accidentes en nuestra Ciudad de San Luis;
Que la Seguridad Vial es la prevención de accidentes de tránsito o la minimización de sus efectos, especialmente para la vida y la salud de las personas, cuando tuviera lugar un hecho no deseado de tránsito;
Que la Av. Fuerza Aérea es una vía de acceso rápido a la Ciudad de San Luis desde la zona Norte;
Que lamentablemente la mayoría de los motociclistas y automovilistas no respetan las velocidades máximas y mínimas permitidas;
Que la colocación de un reductor de velocidad por calle Leopoldo Marechal antes de Av. Fuerza Aérea obligaría a los conductores a circular y transitar ese tramo a una velocidad moderada a toda hora, brindando seguridad tanto a peatones como a conductores;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Proceda, el Poder Ejecutivo Municipal por el área que corresponda, a la colocación de un reductor de velocidad en la calle Leopoldo Marechal del Barrio AMEP de la Ciudad de San Luis.
Art. 2°:Instálense señales viales que permitan a los conductores y peatones identificar las modificaciones sobre calle Leopoldo Marechal.
Art. 3°:Dicha instalación deberá concretarse en un plazo no mayor a UN (1) mes, a partir de la promulgación de la presente ordenanza e imputarse a la partida presupuestaria general N°18-14-21 y las partidas presupuestarias que a su efecto correspondieren.
Art. 4°:Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 21 de JUNIO de 2018