O R D E N A N Z A
Art. 1º: DISPÓNESE la progresiva incorporación dePANELES SOLARES FOTOVOLTAICOS,EN TODOS LOS EDIFICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES de la Ciudad de San Luis.-
Art. 2º: El Poder Ejecutivo Municipal deberá promover y asegurar, en futuros emprendimientos (públicos y privados), el uso de éste tipo de energías alternativas para reducir el consumo de energía eléctrica y cuidado del medio ambiente.-
Art.3º: PREVÉASE a partir del presupuesto siguiente a la promulgación de la presente ordenanza, los recursos y partidas suficientes, para asegurar la progresiva ejecución de la iniciativa, en un plazo que no supere los dos (2) años.-
Art.4º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 02 de JULIO de 2015.-