O R D E N A N Z A
Art.1ª – CREASE una comisión conformada por el Sr. Subsecretario de Relaciones Comunitarias y tres concejales, uno por cada Bloque que integran el Honorable Concejo Deliberante; que se denominará “COMISIÓN PARA EL PROGRAMA PERMANENTE DE LA LUCHA CONTRA LA DROGADEPENDENCIA”
Art.2ª – La comisión deberá planificar actividades tendientes a la generación, en el Municipio, de un programa que contemple de manera integral y en forma permanente el problema de la drogadependencia en nuestra comunidad y tendrá las siguientes atribuciones:
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- Convocar y coordinar acciones con organismos gubernamentales abocado a la temática de la Juventud y de la salud y, en particular, especialistas en la temática de la drogadependencia a fin de la elaboración conjunta del Programa permanente en el ámbito Municipal.
- Promover el análisis, la critica y la reflexión de los jóvenes, frente a al problema de la drogadependencia en nuestra ciudad;
- Instrumentar una campaña de concientización de la problemática planteada.
- Generar instancias de debates ( Congresos, Talleres, Cursos, Jornadas, etc.) entre jóvenes y adultos, que permitan objetivar la problemática a fin de la elaboración de acciones concretas.
- Solicitar el asesoramiento a entidades y organismos nacionales, provinciales o comunales y, en particular a especialistas de la Universidad Nacional de San Luis, en el marco de lo convenio existentes o en su defecto promover los que fueren menester.
Art.3ª – Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente a Desarrollo Comunitario de la Subsecretaría de Relaciones Comunitarias.
Art.4ª – Comuníquese, Publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES , SAN LUIS, 03 DE DICIEMBRE DE 1996 .-
LIC. SARA Y. AMAYA PASCUAL A. GONZALEZ
Secretaria Legislativa Vice – Presidente
Honorable C. Deliberante Presidencia
Honorable C. Deliberante