O R D E N A N Z A
Art.1ª – Crease el Registro Municipal de Organismos dedicados a la prevención, Tratamiento y Rehabilitación de adicciones, debiéndose cumplimentar los siguientes requisitos;
- – Personería Jurídica.-
- – Inmueble para el desarrollo de las actividades que deberán contar como mínimo con: Sala de Espera, Consultorio, Baño.-
- – Nomina y Matricula de los profesionales y técnicos que integran el organismo.-
- – Antecedentes que pudiere tener el Organismo, sin que la falta de ellos obste a su inscripción.-
Art.2ª – La violación de la presente traerá aparejada la clausura de la sede, debiendo remitirse las actuaciones al Fiscal en turno, ante la posibilidad de la existencia de delitos de acción pública..-
Art.3ª – Comuníquese, Publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS, 09 DE AGOSTO DE 1996.
SARA Y. AMAYA ROSALINDA V. L DE GARCES
Secretaria Legislativa Presidente
Honorable C. Deliberante Honorable C. Deliberante