Expte. N° 063-D-89-
V I S T O :
Que el Departamento Ejecutivo Municipal a vetado parcialmente la Ordenanza N° 2.057 / 88;
Que los fundamentos esgrimidos en la oportunidad, son considerados por este cuerpo Deliberativo;
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POR TODO ELLO:
EL HOJNORABLE CONCEJO DELIBERATE DELA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUSU FACULATADES SANCIONA CON FUERZA DE :
O R D E N A N Z A :
Art.1° ACEPTAR el veto parcial dictado por Departamento Ejecutivo Municipal a la Ordenanza N° 2.057/ 88.-
Art.2° MODIFICASE el Art. 3° de la Ordenanza N° 2.057/ 88, el que quedara redactado de la siguiente forma: Art. 3° Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en la reglamentación de la presente Ordenanza, señale los lugares públicos en toda sea obligatoria la exhibición de carteles con la leyenda “PROHIBIDO FUMAR”.-
Art.3° Suprímase el Art. 4° de la Ordenanza N° 2.057/ 88.-
Art.4° Comuníquese, Publíquese, etc,
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, 30 DE MARZO DE 1989.-
DIONISIO A. ONTIVEROS DR. HORACIO F QUEVEDO
Secretario Legislativo Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante