ORDENANZA:
Art. 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, arbitrará los medios que sean necesarios, a través de sus organismos técnicos, a fin de solucionar el problema que ocasionan los pájaros en nuestros paseos públicos.
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, esta facultado para abrir concursos públicos destinados a receptar iniciativas que posibiliten el cometido a que se refiere el Articulo 1º de esta Ordenanza.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, será Imputado a: Jurisdicción 6–, Item 2– Sección 01. part.Ppal. 04–SERVICIOS– del Presupuesto vigente.–
Art. 4º.- Comuniquese, Publiquese, etc.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE, SAN LUIS, 1 DE NOVIEMBRE DE 1988.