O R D E N A N Z A
Art. 1º: Créase en el lugar que determine el Poder Ejecutivo Municipal, el MUSEO y ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DEL DEPORTE DE SAN LUIS.-
Art. 2º: El Consejo Asesor del Deporte (Artículo N° 122°, inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal) tendrá a su cargo la planificación cultural del museo y archivo histórico del deporte, integrado también por el Intendente Municipal y el Presidente del Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis.-
Art. 3º: A los fines de dar cabal cumplimiento a los objetivos de la presente Ordenanza, el Poder Ejecutivo Municipal, a través del área respectiva, deberá convocar a todos los clubes, federaciones, asociaciones e instituciones vinculadas al quehacer deportivo que tengan actuación en la Ciudad de San Luis, generando un real y correcto ámbito de participación y contención.-
Art. 4°: El Poder Ejecutivo Municipal deberá prever para el Ejercicio 2015 la partida presupuestaria correspondiente para la concreción de lo establecido en la presente Ordenanza.-
Art. 5°: Comuníquese, publíquese, archívese, etc..-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 22 de MAYO de 2014.-
SONIA EDITH FLORES | ZULEMA RODRIGUEZ SAA |
Secretaria Legislativa | Presidente |
Honorable Concejo Deliberante | Honorable Concejo Deliberante |