Inicio 9 Ordenanza 9 V-0382-2015-(3320/2013)
Fecha de sanción:

V-0382-2015-(3320/2013)

 

V I S T O:

 

Que se han implementado a nivel provincial y municipal políticas que promueven el uso de bicicletas como un medio de transporte saludable y de protección del medio ambiente,

 

Que las bicicletas son utilizadas no sólo por los adultos sino también por menores tanto en el microcentro de nuestra Ciudad como en arterias que cuentan con un numeroso tránsito vehicular;

 

Que se observa un aumento progresivo en la circulación de bicicletas en todo el ámbito de nuestra Ciudad a partir de la implementación del Plan Provincial “Tubi”, con la entrega de bicicletas a los chicos a partir de los 12 años para asistir a las escuelas;

 

Que el Gobierno provincial hace entrega de las bicicletas con su respectivo casco, y;

 

 

C O N S I D E R A N D O:

 

         Que debemos prevenir las consecuencias de posibles accidentes de quienes se desplazan en bicicletas;

 

         Que es conocido que el uso del casco protector minimiza los efectos de accidentes viales;

 

         Que claramente es necesario complementar esta medida con una educación vial eficiente, tanto en las escuelas como propuestas por el Municipio;

 

         Que es obligación del Municipio procurar la seguridad y bienestar de los vecinos;

 

Que la Ordenanza Nº 2363/91 establece el uso obligatorio del casco protector para los usuarios de motocicletas en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de San Luis;

 

 

POR TODO ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

Art. 1º:Establécese el uso obligatorio del CASCO protector para los usuarios de bicicletas en el ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad de San Luis.-

Art. 2:   Derógase toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza.-