Cpde. Expte. Nº 363-M-2008.-
Sesión Ordinaria Nº 33/08.-
V I S T O:
La necesidad de proyectar soluciones a la problemática del estacionamiento del microcentro de la ciudad de San Luís y la circulación de servicios públicos de transporte de larga distancia en nuestra ciudad, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que, en el marco del Plan de Reordenamiento Vial que lleva adelante la Secretaria de Transporte, las medidas propuestas reconocen la necesidad de otorgar fluidez a la circulación del tránsito vehicular por las arterias referidas infra, teniendo presente que en la mayoría de ellas desarrolla actividades el Servicio Público de Transporte de Pasajeros Urbano;
Que, la problemática que se pretende solucionar, se agrava cada día en forma directamente proporcional al crecimiento poblacional y vehicular, ahondando la crisis del transito la circulación de vehículos de gran porte en algunas calles que no resultan aptas para ello;
Que, el presente Proyecto de Ordenanza, debe considerar las actuales disposiciones en vigencia, respecto de los estacionamientos reservados al transporte público y semipúblico de pasajeros, así como también las reservas provistas por el Art. 49° de la Ley Nacional N° 24.449 de tránsito;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Restringir el estacionamiento en la franja horaria que va desde las 07:00 hs. a las 22:00 hs. los días hábiles y de 08:00 hs. a 13:00 hs. los días sábado y feriados en las siguientes calles:
Sentido Sur – Norte / Norte – Sur:
| CALLE | DESDE | HASTA |
| Mitre | 9 de Julio | Avenida Illia |
| Chacabuco | Bolivar | 9 de Julio |
| Gral. Paz | Pedernera | 9 de Julio |
| Maipú | 9 de Julio | Junín |
Sentido Este – Oeste / Oeste – Este
| CALLE | DESDE | HASTA |
| 9 de Julio | Chacabuco | San Martín |
| 9 de Julio | Rivadavia | Maipú |
| Junín | Maipú | Avda. Juan Domingo Perón |
| Junín | Mitre | Chacabuco |
| Pedernera | Avda. Juan Domingo Perón | General Paz |
| Bolívar | Avda. Juan Domingo Perón | Chacabuco |
Art. 2°: Prohibir en forma absoluta el estacionamiento alrededor de la Plaza Pringles.
Calles que comprenden la Plaza Pringles
| CALLE | DESDE | CALLE |
| Pringles | Rivadavia | San Martín |
| Junín | San Martín | Rivadavia |
| Rivadavia | Junín | Pringles |
| San Martín | Pringles | Junín |
Art. 3°: Prohibir el estacionamiento a 45 grados en la Avenida Presidente Illia, entre las arterias de San Martín y Constitución.
Art. 4°: Prohibir en forma absoluta el estacionamiento sobre mano izquierda en calles o avenidas de un solo sentido de circulación.
Art. 5°: Prohibir en forma absoluta el estacionamiento vehicular conforme lo previsto en el articulo 49° de la Ley 24.449 (Edificios Públicos / Establecimientos Escolares).
Art. 6°: Modificar el Art. 28 de la Ordenanza N° 3007-HCD-2005, quedará redactado del siguiente modo: “Art. 28°: los automóviles al servicio de taxis, dentro de la ciudad de San Luís estarán sujetos a los lugares de estacionamiento fijos o paradas que se conformarán de acuerdo al siguiente detalle:
- Junín al 810……………..…………………………… 4 vehículos
- Pringles al 880…………………………………….… 4 vehículos
- Avda. Illia y Junín (por Junín)………………………. 6 vehículos
- Sanatorio Ramos Mejía (Illia carril sur)…………… 3 vehículos
- Sanatorio Rivadavia………………………………… 3 vehículos
- Terminal de Ómnibus (España al 900)………….. 15 vehículos
- Terminal de Ómnibus (Norte calle interna)……… 15 vehículos
- Rivadavia y 9 de Julio (por Rivadavia)……………. 5 vehículos
- San Martín al 570 (fte. a Supermercado Aiello)…. 6 vehículos
- Ituzaingó al 830 (Direc. Prov. Ingresos Públicos).. 4 vehículos
- San Martín al 690 (Frente Banco Nación)……. 4 vehículos
- Avda. España al 400 (Edesal-costado sur)…….… 4 vehículos
- Ayacucho al 950 (frente edificio administrativo)…. 3 vehículos
- Ayacucho al 1090 (frente a DOSEP)……………… 3 vehículos
- Rivadavia al 801 (frente a Banco Hipotecario……. 4 vehículos
- Rivadavia al 900 y Pedernera……………………… 3 vehículos
- Avda. Presidente Perón al 250 (costado este)…… 4 vehículos
- Complejo Sanitario San Luís (calle interna)……. 20 vehículos
- Aeropuerto San Luís…………………………….… 35 vehículos
- Martín de Loyola al 1101 (Esq. Avda. Italia)……… 4 vehículos
- Colon al 1130 (frente a ANSES)…………………… 4 vehículos
- Esteban Adaro y Republica Dominicana…………. 5 vehículos
- Avda. Presidente perón al 1030 (fte. Sup. Aiello).. 4 vehículos
- Palacio Legislativo (por Ruta N°19)………………. 5 vehículos
- Martín de Loyola ext. Este (fte. Sup. Aiello………. 4 vehículos
- Esteban Adaro y Ruta N° 147…………………….. 15 vehículos
- Ruta N°3 y Comisaría 7° (diagonal acceso)…….. 15 vehículos
- Ruta N° 3 y Esq. Oeste (3° Rotonda)…………… 15 vehículos
- San Martín al 1230 (frente a PAMI)……………….. 5 vehículos
- Junín al 1150 (frente a Banco Supervielle)………. 4 vehículos
Todas las paradas serán a mano derecha en el sentido de circulación de la calle”.
Art. 7°: Eliminar el giro a la izquierda en Avda. Lafinur desde los carriles centrales, cuya semaforización lo autorizará en forma conjunta, sobre las calles laterales de la citada arteria.
Art. 8°: En las calles que se determinan a continuación, se conformará el corredor de entrada y salida hacia la Terminal de Ómnibus de la ciudad de San Luís, de los vehículos de Transporte Interurbano de media y larga distancia, con origen y/o destinos en localidades distantes en mas de cincuenta (50) kilómetros, con el siguiente detalle:
- Vehículos que ingresan a la ciudad desde el este, sur y oeste:
- Ingreso por avenida Santos Ortiz, Avda. Lafinur, Avda. España y Francia.
- Egreso por Estado de Israel, Avda. España, Avda. Lafinur y Avda. Santos Ortiz.
- Vehículos que ingresan a la ciudad desde el norte:
- Ingreso por Ruta Nacional N° 147, Avda. Fuerza Aérea, Avda. Italia, Avda. España y Francia.
- Egreso por Avda. Ejercito de los Andes y Avda. Justo Daract.
Art. 9°: El Poder Ejecutivo Municipal, a través del Área que corresponda, será el encargado de dar cumplimiento a la presente Ordenanza en sus distintos aspectos:
Difusión, señalización, ejecución y posterior control de la misma.
Así mismo, firmará un convenio de cooperación mutua con la Sección Tránsito de la Policía Provincial y Seguridad Comunitaria para su mejor aplicación y coordinación.
Art. 10°: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de Enero de 2009.
Art. 11°: Derogar cualquier otra norma que se oponga a la presente.
Art. 12°:Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 20 DE NOVIEMBRE DE 2008.-
SONIA EDITH FLORES OSCAR ADOLFO DI SISTO
Secretaria Legislativa Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante