ORDENANZA Nº 3085-HCD-2007.-
Cpde. Expte. Nº 249-C-06.-
Sesión Ordinaria Nº 25/07.-
V I S T O:
Los reclamos de vecinos y automovilistas que circulan por la intersección de las calles Riobamba y 25 de Agosto, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que la mencionada esquina es peligrosa para los automovilistas que vienen circulando por Riobamba de Sur a Norte y giran por 25 de Agosto hacia el Este, se encuentran con automóviles estacionados en esta última y otros que circulan por la misma arteria en dirección contraria, produciéndose el embotellamiento esperado, sumado al congestionamiento que se origina por Riobamba debido al incumplimiento de la Ordenanza Nº 2965-HCD-04 que prohibe expresamente estacionar en ambas manos de ésta;
Que el estacionamiento por calle 25 de Agosto en ambas manos ocasionan los mismos inconvenientes en el tránsito que los producidos por el estacionamiento en Riobamba también en ambas manos;
Que debería acompañar a la Ordenanza Nº 2965-HCD-04, una que disponga idéntica medida pero por calle 25 de Agosto para que el tránsito en la mencionada esquina quede definitivamente solucionada;
Que la mencionada arteria no posee las dimensiones necesarias para permitir el estacionamiento en sus dos sentidos de circulación;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Prohíbase el estacionamiento de vehículos en ambas márgenes de la calle 25 de Agosto desde su intersección con Riobamba y hasta 50 metros en dirección al Este.-
Art. 2º: Comuníquese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES. SAN LUIS, 06 DE SEPTIEMBRE del AÑO 2007.-
SANTIAGO DANIEL ROVERA ROSA MATILDE GONZALEZ
Secretario Legislativo Vice- Presidente 1º a/c
Honorable Concejo Deliberante Presidencia
Honorable Concejo Deliberante