Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA NºIII-1068-2024(3763-2024)
Fecha de sanción:2024-11-14

ORDENANZA NºIII-1068-2024(3763-2024)

Cpde. Expte. Nº 261-M-2024. –

Sesión Ordinaria Nº 32/2024.-

VISTO:

El Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2025 elevado por el Poder Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Luis y;

CONSIDERANDO: 

Que en cumplimiento del Art. 40° de la Carta Orgánica Municipal, se ha elevado en tiempo y forma el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2025;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Art. 1º: FIJAR en la suma de CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 93/100 ($ 53.166.674.993,93), el Presupuesto de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2025.-

Art.2º: FIJAR en la suma de CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 93/100 ($ 53.166.674.993,93), el total de las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2025 con destino a la clasificación económica que se indica a continuación y que se detalla en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

EROGACIONES CORRIENTES  $ 50.350.616.438,95
EROGACIONES DE CAPITAL  $ 2.816.058.554,98
APLICACIONES FINANCIERAS                                $ 0,00
TOTAL  $ 53.166.674.993,93

Art. 3º: Estimar la suma de CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 93/100 ($ 53.166.674.993,93), el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo precedente, de acuerdo con la distribución y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza: 

RECURSOS CORRIENTES  $ 53.166.674.993,93
TOTAL DE RECURSOS $ 53.166.674.993,93

Art. 4º: Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estimar el siguiente:

RESULTADO
EROGACIONES (Art. 2°)                                       ($ 53.166.674.993,93)
RECURSOS (Art. 3°) $ 53.166.674.993,93
RESULTADO EQUILIBRADO

Art. 5º: Fijar en Dos Mil Quinientos Treinta (2.530) el total de los cargos de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, distribuidos de la siguiente manera:

– Dos Mil Cuarenta y Siete (2.047) cargos de planta permanente del Poder Ejecutivo Municipal, Serba, Tribunal de Faltas, Tribunal de Cuentas, Honorable Concejo Deliberante. 

 – Ochenta y Dos (82) cargos de autoridades superiores y personal de gabinete para el Poder Ejecutivo Municipal, 

– Veinticinco (25) cargos de autoridades superiores para el Honorable Concejo Deliberante, 

– Cuatro (4) cargos de autoridades superiores para el Juzgado de Faltas Municipal, 

– Cinco (5) cargos de autoridades superiores para el Tribunal de Cuentas Municipal, y

– Trescientos Sesenta y Siete (367) cargos para la planta temporaria conforme a lo detallado en la planilla anexa denominada Planta de Cargos de la Administración Pública, la que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Art. 6º: Fijar en las sumas que se indican, el Presupuesto de Erogaciones de los Entes Desconcentrados para el año 2025, estimándose los recursos destinados a financiarlos en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza:

CENTRO DE LOGISTICA MUNICIPAL                                                $ 980.000.000,00

ENTE CULTURAL Y TURISTICO LA CIUDAD                                      $ 40.000.000,00

ENTE DE NOTICIAS Y COMUNICACIÓN “SAN LUIS LA CIUDAD”    $ 70.000.000,00

Art. 7º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones en el presupuesto de la administración municipal, en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos de recursos. –

Art. 8º: Las erogaciones a atender con financiación y/o recursos afectados deberán ajustarse en cuanto a monto y oportunidad a los créditos asignados y a las cifras efectivamente percibidas. –

Art 9°: Facultar al Poder Ejecutivo Municipal a colocar, transitoriamente, las disponibilidades del Tesoro Municipal, en operaciones bancarias remuneradas o en otras alternativas financieras de inversión. –

Art. 10º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las transferencias presupuestarias que fueren necesarias como consecuencia de cambios en la estructura orgánico funcional que se encuentre vigente, respetando la clasificación económica del gasto. –

Art. 11º: El Poder Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y/o modificaciones que considere necesarias, incluyendo cambio de jurisdicción, finalidad, como así también los Planes Analíticos de Obras y Servicios Públicos, siempre que las mismas no superen el 30% del total del presupuesto vigente.

Art. 12º: Disponer que la Municipalidad de la Ciudad de San Luis en materia presupuestaria y contable se regirá por las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal, la Ley de Contabilidad y Administración Financiera de la Provincia de San Luis Nº VIII-0256-2004 (5492).  Y la ORD. N° III-0768-2016 (3463/2016)

Art. 13º: Registrar, comunicar al Poder Ejecutivo Municipal, publicar, archivar. –

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 14 DE NOVIEMBRE DE 2024.-

 

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