Cpde. Expte. Nº 130-P-93.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Nº 05 enviado por el Poder Ejecutivo Municipal a este Honorable Cuerpo; y,
CONSIDERANDO:
Que es necesario denominar a los Barrios San Luis V y VI y las arterias que lo recorren;
Que la designación de los Barrios es sugerencia de los vecinos que lo habitan compartiendo tal opinión por la raigambre popular e histórica del nombre “Los Venados”;
Que la designación de las calles con el nombre de los Cerros Sanluiseños contribuirá a un mayor conocimiento de nuestra geografía puntana;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º.- SÍGNASE con el nombre de Barrio “Los Venados”, al grupo habitacional ubicado al este, a continuación del Barrio AMPPyA Y Barrio Policial Juan Domingo Perón, y al Norte del Barrio San Luis Rey de Francia, conocidos hasta el dictado de la presente como Barrios San Luis V y VI.
CAPÍTULO I
CALLES EN SENTIDO DE NORTE A SUR
Art. 2º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro Valle de Piedra” a la primera calle del Barrio “Los Venados” que corre de Norte a Sur, sin denominación hasta el presente, paralela hacia el este de la calle “San Francisco” y que nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.
Art. 3º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro Valle Hermoso” a la segunda calle del Barrio “Los Venados” que corre de Norte a Sur, sin denominación hasta el presente, es paralela hacia el Este de la calle “Cerro Valle de Piedra” y nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.
Art. 4º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro Tomolasta” a la tercera calle del Barrio “Los Venados” que corre de Norte a sur, sin denominación hasta el presente, es paralela hacia el Este de la calle “Cerro Valle Hermoso” y nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.-
Art. 5º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro Solosta” a la cuarta calle del Barrio “Los Venados” que corre de Norte a Sur, sin denominación hasta el presente, es paralela hacia el Este de la calle “Cerro Tomolasta” y nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.-
Art. 6º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro el Morro” a la quinta calle del Barrio “Los Venados” que corre de Norte a Sur sin denominación hasta el presente, es paralela hacia el Este de la calle “Cerro Solosta” y nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.-
Art. 7º.- DESÍGNASE con el nombre de “Cerro Retana” a la sexta calle del Barrio “Los Venados” que corre Norte a Sur, sin denominación hasta el presente, es la paralela hacia el Este de la calle “Cerro el Morro” y nace en la prolongación de la calle Esteban Adaro.-
CAPITULO II
CALLES EN SENTIDO ESTE A OESTE
Art. 8º.- DESÍGNASE con el nombre de “Martín de Loyola” a la continuación de la calle del mismo nombre que corre por el Barrio “Los Venados”, en sentido Este a Oeste.-
Art. 9º.- DESÍGNASE con el nombre de “Esteban Adaro” a la continuación de la calle del mismo nombre que corre por el Barrio “Los Venados”, en sentido Este a Oeste.-
Art. 10º.- Comuníquese, Regístrese y Publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS, JULIO 15 DE 1993.-
MARCELO A. ALTAMIRANO GILBERTO A. SOSA RADDI
Secretario Legislativo PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante