Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº XI (1522-84).
Fecha de sanción:1984-04-06

ORDENANZA Nº XI (1522-84).

ORDENANZA Nº 1522 -HCD-84.-

Cpde. Expte. Nº 5304-D-83.-

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

 

Art. 1°: Desígnase con los nombres que a continuación se detalla a la localidad de «EL CHORRILLO», incorporada al ejido Municipal de la Capital :

  RIO DE LAS CARPAS :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde camino de la Aguada de Pueyrredon, hasta Manzana Nº 33,36,35 y 34 de la Sección 9º .-

              COMECHINGONES :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde camino de la Aguada de Pueyrredon, hasta Ruta Provincial Nº 20, comprendida entre las Manzanas Nº 52,53,38 y 54 de la Sección 9º .-

              HUARPES :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde camino de la Aguada de Pueyrredon, hasta Manzana Nº 2,3 y 4 de la Sección 14º .-

              RANQUELES :

  A la calle que desemboca en la Manzana Nº 7 al Norte y Ruta Provincial Nº 20 al Sur, comprendida entre las Manzanas Nº 7,11 y 9 de la Sección 14º .-

              ARAUCANOS :

              A la calle que desemboca en la Manzana Nº 19 al Norte y Ruta Provincial Nº 20 al Sur, comprendida entre las Manzanas Nº 21,,20,9,11,10 y 8 de la Sección 14º .-

              PANCANTA :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde Aguada de Pueyrredon, hasta Ruta Provincial Nº 20, comprendida entre las Manzanas Nº 7,12,13 y 14 de la Sección 14º .-

              CONCARAN :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde Aguada de Pueyrredon, hasta Ruta Provincial Nº 20, comprendida entre las Manzanas Nº 12,13,14 y 15 de la Sección 14º .-

              RIO SOCOSCORA :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde camino de Aguada de Pueyrredon, hasta Ruta Provincial Nº 20, comprendida entre las Manzanas Nº 15 y 16 de la Sección 14º .-

  TOMOLASTA :

  A la calle que corre de Norte a Sur, desde camino de Aguada de Pueyrredon, hasta Ruta Provincial Nº 20, comprendida entre las Manzanas Nº 16 y 17 de la Sección 14º .-

  CANTANTAL :

  A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en la Manzana Nº 7 , hasta Manzana Nº 2, comprendida entre las Manzanas Nº 3,4,5,8,21 y 20 de la Sección 14º .-

MANANTIAL :

  A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en la Manzana Nº 7 , hasta Manzana Nº 12, comprendida entre las Manzanas Nº 4,5,8,9,6,10 y 11 de la Sección 14º .-

  CHIPISCU :

  A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en la Manzana Nº 10 , hasta Manzana Nº 2 de la Sección 14º .-

ALTO PENCOSO :

  A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en calle los Pejes, hasta calle 20 de Noviembre, comprendida entre las Manzanas Nº 43,44,55,56, y 45 de la Sección 9º .-

  SUYUQUE :

  A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en calle los Pejes, hasta calle 20 de Noviembre, comprendida entre las Manzanas Nº 46,57,55,56 y 45 de la Sección 9º.-

RIO LULUARA :

A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en calle los Pejes, hasta calle Anchorena, comprendida entre las Manzanas Nº 46 y 47 de la Sección 9º.-

CAÑADA HONDA :

A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en calle los Pejes, hasta calle 20 de Noviembre, comprendida entre las Manzanas Nº 58,48,57 y 47 de la Sección 9º.-

CONLARA :

A la calle que corre de Este a Oeste, comprendida entre las Manzanas Nº 58,59,60,48 y 49 de la Sección 9º, naciendo en la Manzana Nº 42, hasta la Manzana Nº 50.-

LOS ESPINILLOS :

A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en la Manzana Nº 54, hasta la Manzana Nº 33, comprendida entre las Manzanas Nº 35,53,36 y 52 de la Sección 9º .-

RIO SALADO :

A la calle que corre de Este a Oeste, naciendo en calle América , hasta los Cerros, comprendida entre las Manzanas Nº 33,36 y 37 de la Sección 9º.-

EL CALDEN :

A la calle que corre de Norte a Sur, naciendo en la Ruta provincial Nº 20, hasta el limite con la Manzana Nº 11, comprendida entre las Manzanas Nº 5,3,6,7,8,9,10 y 11 de la Sección 15º .-

LOS RETAMOS :

A la calle que corre de Norte a Sur, naciendo en la Ruta provincial Nº 20, hasta el limite con la Manzana Nº 11, comprendida entre las Manzanas Nº 6,7,8,9,10,11 y 12 de la Sección 15º .-

LOS NOGALES :

A la calle que corre de Norte a Sur, naciendo en la Ruta provincial Nº 20, hasta el limite con la Manzana Nº 12, comprendida entre las Manzanas Nº 16,17 y 18 de la Sección 15º .-

  PROLONGACION TOMOLASTA :

A la calle que corre de Norte a Sur, desde Ruta Provincial Nº 20, hasta la Manzana Nº 12, comprendida entre las Manzanas Nº 13,14,15,16,17 y 18 de la Sección 15º .-

LOS MOLLES :

A la calle que corre de Este a Oeste, desde la Manzana Nº 12, hasta la Manzana Nº 4, comprendida entre las Manzanas Nº 5,3,6,7,12,13,16 y 17 de la Sección 15º.-

LAS HIGUERAS :

A la calle que corre de Este a Oeste, desde la Manzana Nº 3, hasta la Manzana Nº 12, comprendida entre las Manzanas Nº 8,9,14,15,17 y 18 de la Sección 15º.-

LOS TALAS :

A la calle que corre de Este a Oeste, desde la Manzana Nº 12, a la Manzana Nº 3, comprendida entre las Manzanas Nº 9,10,15,18 y 12 de la Sección 15º.-

EL CHAÑAR :

A la calle que corre de Este a Oeste, desde la Manzana Nº 12, hasta la Manzana Nº 3, comprendida entre las Manzanas Nº 10 y 11 de la Sección 15º.-

  LOS QUEBRACHOS :

A la calle que corre de Norte a Sur, desde Ruta Nacional Nº 7, hasta la Manzana Nº 2, comprendida entre las Manzanas Nº 3 y 5 de la Sección 13º .-

  PROLONGACION RIO DE LAS CARPAS :

A la calle que corre de Norte a Sur, desde Ruta Nacional Nº 7, comprendida entre las Manzanas Nº 3,4,5 y 6 de la Sección 13º .-

PROLONGACION AMERICA :

A la calle que corre de Norte a Sur, desde Ruta Nacional Nº 7, hasta la Manzana Nº 2, comprendida entre las Manzanas Nº 4,6 y 2 de la Sección 13º .-

  ALAMEDA :

A la calle que corre de Este a Oeste, al Sur de la Ruta Nacional Nº 7 entre las  Manzanas Nº 2,3,4,5 y 6 de la Sección 13º.-

  LOS HORNOS :

A la calle que corre de Este a Oeste, al Sur de la Ruta Nacional Nº 7, entre las Manzanas Nº 2,5 y 6 de la Sección 13º.-

 Art. 2º: Por intermedio de la Secretaría de Obras Públicas Municipal, procédase a la señalización correspondiente y su incorporación definitiva al Registro de Nomenclatura de Calles y Planos Catastral .-

 Art. 3º:  Remítase copia debidamente autenticada a la presente Ordenanza, a Dirección de Geodesia y Catastro de la provincia, Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia, 7º distrito de la Empresa Nacional de Correos y telecomunicaciones, E.N.T.E.L. San Luis Empresa Provincial de Servicios Eléctricos San Luis, Obras sanitarias San Luis, y demás organismos oficiales y/o privados a que hubiere lugar .-

 Art. 4º:  Comuníquese , publíquese , etc. .-

 

 SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SAN LUIS, 6 
DE ABRIL DEL AÑO 1984.-

 

 

             JUAN ONTIVEROS                                                  JORGE DANIEL SUAREZ

             Secretario Legislativo                                                        Presidente

   Honorable Concejo Deliberante                            Honorable Concejo Deliberante

                                                                                                                                 

 

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