Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA  Nº XI-0933-2019 (3628/2019)
Fecha de sanción:2019-11-28

ORDENANZA  Nº XI-0933-2019 (3628/2019)

Cpde. Expte. Nº 142-C-2018.-

Sesión Ordinaria Nº 36/2019.-

 

V I S T O:

Que actualmente el Complejo Habitacional 500 Viviendas Sur se encuentra sin denominación oficial impuesta por ordenanza. A su vez, las calles de dicho barrio tampoco tienen denominación oficial;

 La visita a los vecinos del complejo habitacional el día 19 de mayo de 2018,  y;

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que en el año 2014 fueron entregadas, por primera vez, las viviendas del Complejo Habitacional 500 Viviendas Sur. Y si bien, desde un primer momento se propuso denominarlo como Barrio «Serranías Puntanas», nunca tuvo una denominación oficial impuesta por ordenanza por parte de este cuerpo. Aunque por usos y costumbre los vecinos de la ciudad lo llaman por ese nombre;

 Que en la misma situación se encuentran el total de las calles del complejo;

 Que a partir la primera entrega de viviendas, y a lo largo de los siguientes años, se han ido entregando más viviendas, llegando a completar un total de 112 manzanas, sin contar los espacios verdes comprendidos dentro del complejo;

 Que en un complejo habitacional de tal magnitud, en el que sus calles se encuentran sin denominación, se dificulta poder ubicarse dentro del mismo, recurriendo a la manera tradicional de ubicación por número de manzana y casa;

Que el presente proyecto propone denominar a todas las calles que tienen sentido este-oeste y viceversa con la denominación «Serranías» seguido de números impares consecutivos (ejemplo: Serranías 1, Serranías 3, Serranías 5, etc. de forma continuada), y a todas las calles que tienen sentido norte-sur y viceversa con la denominación «Serranías» seguido de números pares consecutivos (ejemplo: Serranías 2, Serranías 4, Serranías 6, etc. de forma continuada);

 Que el día 19 de Mayo de 2018 visitamos a los vecinos del complejo, llevando la propuesta de denominación de las calles y del barrio, los cuales los mismos prestaron conformidad con identificación y firma;

 Que se adjunta al presente proyecto planillas firmadas por los vecinos del barrio, prestando conformidad a la denominación del mismo y de sus calles. Además se adjunta mapa con la denominación de cada una de las calles;

 Que el Artículo 154º inc. I) de la Carta Orgánica Municipal, faculta al Honorable Concejo Deliberante a «Imponer nombres a calles, plazas, pasajes, paseos, parques y demás lugares públicos»;

  POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

 O R D E N A N Z A

Art. 1°:       Denominar como Barrio «Serranías Puntanas» al actual complejo habitacional 500 viviendas sur.-

 Art. 2°:       Comuníquese, publíquese, regístrese, etc.-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 28 de NOVIEMBRE de 2019.- 

 

 

CLAUDIA PATRICIA ROCHA JUAN DOMINGO CABRERA
            Secretaria Legislativa                     Presidente
   Honorable Concejo Deliberante     Honorable Concejo Deliberante

 

 

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