Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA  Nº XI-0932-2019 (3627/2019)
Fecha de sanción:2019-11-28

ORDENANZA  Nº XI-0932-2019 (3627/2019)

Cpde. Expte. Nº 670-C-2019.-

Sesión Ordinaria Nº 36/2019.-

 

V I S T O:

La solicitud de los vecinos de la colectividad chilena con la finalidad de documentar y formalizar el nombre elegido para su barrio, calles y plazas del mismo,  y;

 

 C O N S I D E R A N D O:

 

 Las facultades del Honorable Concejo Deliberante, otorgadas por la Carta Orgánica Municipal, el reglamento interno, y en uso de ellas este cuerpo considera necesario unirse a las diversas formas de ayuda para con los vecinos de nuestra ciudad;

 Que la Carta Orgánica Municipal en el Capítulo VIII, Sección primera, Art. 89 establece «Política cultural.- El municipio fundamentará su política cultural en una visión integral del hombre y en una concepción de Cultura que estimule el diálogo, favorezca la participación, la creación, las artes, las ciencias, la información y la libre expresión en la defensa y desarrollo de la conciencia y la identidad ciudadana, Provincial, Nacional y Latino Americana, con proyecciones hacia expresiones universales de la Cultura»;

 Que en este caso, los vecinos que integran la colectividad chilena residente en nuestra ciudad, han adquirido un terreno con su propio esfuerzo en el que llevan a cabo una urbanización compuesta por seis manzanas, un Boulevard, cuatro plazoletas y tres calles internas al cual llamaran con el nombre Barrio Aconcagua, por el Cerro ubicado en la Cordillera de los Andes que limita entre Argentina y Chile;

 Que el Boulevard principal se designará con el nombre de «Los Libertadores», en muestra de respeto de las dos naciones a los libertadores José de San Martin y Bernardo O’Higgins;

 Que las cuatro plazoletas se designaran como Manuel Rodríguez y José Miguel Carreras, porque fueron gestores del inicio del proceso libertador para la Independencia de Chile, Facundo Quiroga y José Gervasio Artigas ya que se destacaron en la defensa de las fronteras y participando en las luchas por la independencia en Argentina;

 Que las tres calles se designan como Quebracho, Algarrobo y Los Espinillos por ser plantas y árboles autóctonos de la zona;

 Que resulta menester hacer formal la denominación de los barrios, plazas y calles de nuestra ciudad, más cuando cuyo nombre fue elegido de manera consensuada por los vecinos y compatriotas;

  

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

 O R D E N A N Z A

Art. 1°:       Desígnase con el nombre de «Aconcagua», a la urbanización ubicada sobre Ruta 146 perfectamente demarcado en plano adjunto.-

Art. 2°:       Desígnase con el nombre de «Los Libertadores», al Boulevard ubicado dentro de la urbanización perfectamente demarcado en plano adjunto.-

Art. 3°:   Desígnase con el nombre de «José Gervasio Artigas», «José Miguel Carreras», «Manuel Rodríguez» y «Facundo Quiroga» a las Plazoletas ubicadas dentro de la urbanización de izquierda a derecha y perfectamente demarcadas en plano adjunto.-

Art. 4°:     Desígnase con el nombre de «Los Espinillos», «Algarrobo» y Quebracho» a las calles ubicadas dentro de la urbanización de izquierda a derecha y perfectamente demarcadas en plano adjunto.-

 Art. 5°:       Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese, etc.-.-

 

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 28 de NOVIEMBRE de 2019.-

 

 

 

 

 

 

CLAUDIA PATRICIA ROCHA JUAN DOMINGO CABRERA
            Secretaria Legislativa                     Presidente
   Honorable Concejo Deliberante     Honorable Concejo Deliberante

 

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