Cpde. Expte. Nº 127-C-2019.-
Sesión Ordinaria Nº 10/2019.-
V I S T O:
La nota presentada de los vecinos en donde explica la problemática de la localización de las calles por no tener un nombre que las distinga, surge la necesidad de nombrarlas para una mejor orientación de los habitantes que arriben al mismo, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que los vecinos acercaron firmas con intención de nombrar las calles de su barrio, proponiendo los nombres;
Que la intención establecida según, lo enunciado en la Carta Orgánica en su Artículo 76°, expresa que es deber del Municipio orientar, promover y proveer el planeamiento del desarrollo urbano;
Que es necesario que este Honorable Concejo Deliberante establezca el nombramiento de estas calles ya que eso contribuye al desarrollo y progreso de esta ciudad;
Que una correcta urbanización daremos a este sector de la Ciudad, calles que integren armónicamente, de manera que la comunicación y circulación de los que habitan, como así también de los futuros vecinos;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: PROLÓNGASE la calle El Hornero (Barrio 1º de Mayo) desde calle Alejandro Montenegro hacia el norte para dar lugar a la continuidad y circulación norte sur y viceversa de la mencionada calle.
Esta vía de circulación se encuentra al oeste, según plano de mensura 1/629/14 (Barrio Caldenes del Oeste).-
Art. 2º: DENOMÍNESE calle Héroes de Chancay a la vía de circulación paralela a calle El Hornero, ubicada al este del Barrio Caldenes del Oeste (según plano de mensura 1/629/14 Barrio Caldenes del oeste).-
Art. 3º: DENOMÍNESE calle Carlos Zabala a la arteria vial perpendicular a las calles EL Hornero y Héroes de Chancay en donde se ubica el espacio verde del Barrio.-
Art. 4º: DENOMÍNESE Boulevard Alejando Montenegro a la arteria (calle interna de la urbanización según plano 1/629/14) paralela a la actual calle Alejandro Montenegro la que se adecuara con el proceso urbano ya mencionado.-
Art. 5º: DENOMÍNESE Calle Los Solares a la segunda vía de circulación al norte del Boulevard Alejandro Montenegro con sentido este a oeste y viceversa.-
Art. 6º: ADECÚESE los nomencladores del sistema vial en la forma expuesta en el artículo precedente.-
Art. 7º: EJECÚTESE la correspondiente cartelera de las mencionadas vías de circulación.-
Art. 8º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 23 de MAYO de 2019.-
CLAUDIA PATRICIA ROCHA JUAN DOMINGO CABRERA
Secretaria Legislativa Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante